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Ultima semana de inscripción para la Elección de Reina Eldorado 2023

En el marco de los festejos conmemorativos del 104° aniversario de la ciudad, la Municipalidad de Eldorado se prepara para elegir a su nueva soberana. 

Las interesadas, de 17 a 26 años, podrán inscribirse  hasta el 23 de julio para la elección de la nueva reina de Eldorado. 

Quienes deseen participar podrán descargar la ficha desde aquí y completarla para ser presentada en el edificio central, a Lorena Acosta- en el segundo piso- de lunes a viernes por la mañana. O podrán acercarse al edificio central, para solicitar la ficha y realizar consultas. 

La entrega de la ficha de inscripción significa el conocimiento y conformidad del reglamento para la elección de reina de Eldorado.

FICHA DE INSCRIPCIÓN

Reglamento Elección de Reina de Eldorado EDICIÓN 2023

1- Cada institución, barrio, comercio o emprendimiento podrá presentar una (1) aspirante al 

cetro, tener entre 17 y 26 años.

2- La entrega mediante el envío de la ficha de inscripción significa el conocimiento y 

conformidad de este reglamento.

3- Para poder participar del certamen, las aspirantes deberán someterse al control de datos y 

medidas físicas consignadas en la ficha de inscripción.

4- Las aspirantes deberán ajustarse al reglamento interno que se les entregará, cumpliendo 

con el horario previsto, como asimismo a los requerimientos del jurado y de la prensa en general.

5- Las aspirantes a Reina de Eldorado deberán respetar los horarios y lugares previos a la 

elección, para ensayos, siendo el incumplimiento de esta cláusula causa para dejarla fuera de 

concurso.

6- Se evaluará con la siguiente indumentaria: 

Primera presentación: coreografía con jean que deberá traer la postulante y una remera que será

proporcionada por la comisión organizadora. Luego desfilan con esta indumentaria.

Segunda presentación: vestido largo de noche. 

La Comisión organizadora no se hace cargo de los gastos de vestimenta, maquillaje ni peluquería 

de cada aspirante, estos gastos corren por cuenta exclusiva de cada participante.-

7- La Comisión Organizadora no se responsabiliza por accidentes y/o perjuicios que cualquier 

aspirante o acompañante pudieran sufrir durante los preparativos y en el momento de la elección 

de la reina de Eldorado.

8- El jurado será seleccionado por la Comisión Organización, quien a su criterio convocará a 

personas neutrales y con conocimiento en el tema. Cada jurado emitirá su juicio mediante 

puntuación en los siguientes ítems: Elegancia, Simpatía, Belleza. El sumatorio total de puntos de 

todos los ítems determina en orden descendiente la reina y las princesas. El Jurado tiene derecho 

y libertad de criterios para decidir quién será la Reina de Eldorado. El fallo será inapelable y en 

caso de empate se votará nuevamente entre quienes hubieren llegado a esa instancia.

9- La reina y sus princesas podrán participar de otras Fiestas Regionales, Provinciales y 

Nacionales representando a la ciudad de Eldorado. La soberana deberá estar dispuesta a 

representar a la Ciudad de Eldorado en eventos dentro y fuera de la Provincia. En caso de 

impedimento o causa de fuerza mayor debidamente probada, será reemplazada por la primera 

princesa, o la segunda si esta última no puede reemplazarla.

10- La duración del reinado será de un año. En caso de que por razones de fuerza mayor no se 

pudiera coronar una nueva soberana, la soberana en ejercicio de su mandato continuará en el 

cargo hasta que se pudiera realizar una nueva elección.

Cumplido su mandato deberá estar presente en los festejos del próximo Aniversario y en la 

coronación de la nueva Reina de la Ciudad.

11- La candidata a reina deberá haber residido en forma permanente dentro del ámbito de la 

ciudad de Eldorado durante los últimos 4 (cuatro) años.

11- Cualquier otro punto no previsto en el presente reglamento, será resuelto por la comisión 

organizadora, revistiendo las resoluciones emergentes carácter de indeclinables

Actualidad

La CGT convocó a un paro general sin movilización para cuando se trate la reforma laboral en Diputados

La cúpula directiva de la CGT convocó este lunes a un paro general sin movilización para cuando se discuta la reforma laboral en la Cámara de Diputados, según pudo confirmar la Agencia Noticias Argentinas.

Fue luego de la reunión entre los cotitulares de la central obrera Octavio Argüello (Camioneros), Jorge Sola (Seguro) y Cristian Jerónimo (empleados del vidrio), que realizaron de manera virtual durante el mediodía.

Según indicaron fuentes de la CGT a la Agencia Noticias Argetinas, la central hará un paro naciona el día que se trate el proyecto en Diputados, con adhesión de todos los gremios del transporte, aunque sin movilización convocada de manera orgánica. De todos modos, habrá “libertad de acción” para los sindicatos del sector.

Así lo de definió el consejo directivo de la entidad después de un Zoom que inició al mediodía y concluyó minutos antes de las 14.

El miércoles a las 11, en tanto, la CGT brindará una conferencia de prensa en la sede de Azopardo para ampliar declaraciones.

La previa
Jerónimo había señalado este domingo que “estaban dadas las condiciones y generados los consensos colectivos para ir hacia una huelga nacional”.

De hecho, muchos sindicalistas sostenían que ya no es suficiente con salir a la calle para expresar su oposición al proyecto del Gobierno y pidieron expresamente medidas más duras.

En consecuencia, la CGT activó la medida de fuerza para el día en que la Cámara de Diputados discuta el proyecto el en recinto. Todo indica que será el próximo jueves 19 de febrero.

Entre los puntos que causaron rechazo de parte de la CGT se encuentran las modificaciones sobre las indemnizaciones, la jornada laboral, el derecho a huelga y las vacaciones, mientras que también generó críticas el esquema de licencias por enfermedad o accidentes no laborales.

Más críticas
El secretario general del Centro de Patrones Fluviales, Mariano Moreno, advirtió que la reforma laboral excluye a los marinos de la ley de Contrato de Trabajo. “Si no luchamos hoy para que esto no salga, vamos a terminar precarizados y trabajando por un sueldo miseria”, sentenció.IP

“Al personal embarcado no le dejan ni el 14 bis”, afirmó el dirigente, al graficar que el artículo 2° de la reforma excluye de forma explícita al personal embarcado en su inciso (g) y los pone en igualdad de condiciones que las personas privadas de su libertad. Esto significa que ya ni siquiera se cuenta con los derechos más básicos que protegen al trabajador”.

“Antes, si había un conflicto no previsto en el contrato de ajuste, se invocaba la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) para proteger al marinero o capitán. Con esta reforma, se asume que el régimen de navegación es autónomo. Esto debilita la protección general porque la Ley de Navegación es de carácter comercial y administrativo, y no tiene la carga de justicia social y protección al trabajador que tiene un Convenio Colectivo de Trabajo o lo mínimo que garantiza la LCT”, detalló.

Agencia Noticias Argentinas

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Ecología y Güirá Oga restituyeron 12 lechuzas a la Selva Misionera

El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones, en articulación con el Centro de Rescate, Rehabilitación y Recría de Fauna Silvestre Güirá Oga -gestionado por la Fundación de Historia Natural Félix de Azara-, concretó en Puerto Iguazú la liberación de 12 ejemplares de lechuza alilicucú (Pseudoscops choliba), que regresaron a su hábitat natural tras completar el proceso de rehabilitación correspondiente.

De la actividad participaron el ministro de Ecología, Arq. Martín Recamán; el subsecretario de Ecología, Facundo Ringa; el subsecretario de Ordenamiento Territorial, Lucas Russo, y representantes de Güirá Oga, entre ellos Dante Di Nucci. La liberación forma parte de las acciones que se desarrollan de manera sostenida para la conservación de la fauna silvestre y la restitución de animales víctimas del mascotismo y otras situaciones de riesgo.

Estas lechuzas se suman a otros ejemplares liberados durante este año, entre ellos un ñandú, un tucán y un carpincho, que lograron regresar a la vida silvestre luego de completar su recuperación. En todos los casos, los animales atravesaron evaluaciones sanitarias, procesos de rehabilitación y readaptación ambiental, orientados a garantizar su supervivencia en libertad.

Estas acciones reflejan el compromiso del Estado provincial y de las instituciones que trabajan de manera articulada en la protección de la biodiversidad y en la concientización sobre la importancia de preservar la fauna silvestre en su ambiente natural.

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Fallo histórico en Mendoza: Manaos deberá pagar 800 millones de pesos a un empleado

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza asestó un golpe financiero a la empresa Refres Now S.A., fabricante de la gaseosa Manaos, al confirmar una condena por despido que obliga a la firma a desembolsar más de 800 millones de pesos a un exdistribuidor.

Si bien el máximo tribunal provincial admitió parcialmente un recurso extraordinario y recalculó a la baja la cifra inicial, que rondaba los 1.500 millones, ratificó la existencia de una relación de dependencia no debidamente registrada y la responsabilidad de la compañía en el distracto laboral.

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, la controversia legal tuvo su origen en la ciudad de San Rafael, donde la Cámara Segunda del Trabajo determinó que el demandante, quien se desempeñó como distribuidor en las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa, mantuvo un vínculo laboral con la empresa entre los años 2013 y 2022.

Según consta en el expediente, el trabajador logró acreditar irregularidades en la registración de su contrato durante gran parte del período analizado. La sentencia original consideró probada la existencia de un “vínculo de dependencia no debidamente registrado”, lo que derivó en una condena inicial de alto impacto para el sector empresario.

Al revisar las actuaciones, los ministros de la Corte, Omar Palermo, Mario Adaro y Norma Llaster, decidieron reformular la sentencia dictada en la causa “Refres Now SA p/ Despido”. Con la nueva resolución, el tribunal dispuso que la empresa deberá abonar al trabajador la suma de $223.419.076,66 en concepto de capital y $584.257.217,06 por intereses calculados al 11 de abril de 2025. El fallo aclara que el monto total de $807.676.293,72 se establece “sin perjuicio de los intereses que continúen devengándose hasta el efectivo pago”.

A pesar de confirmar la condena principal, el máximo tribunal introdujo modificaciones técnicas en los rubros indemnizatorios. En particular, la Corte rechazó parcialmente la demanda en lo referido a la indemnización prevista en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), vinculada a la entrega de certificados laborales.

Este rubro, que ascendía a $34.796.852,75, fue desestimado por los magistrados al evaluar la correcta aplicación del derecho. Asimismo, el fallo determinó que los intereses para los ítems rechazados se calculen conforme a la tasa prevista en la Ley 9041.

La resolución judicial adquiere relevancia no solo por la envergadura de la empresa -productora también de las marcas Villa Manaos, Placer, Bichi y Fernandito- sino por la magnitud de la cifra en un contexto de debate sobre la reforma laboral.

La Corte evitó reabrir la discusión sobre los hechos ya probados en la instancia anterior y se centró en la estructura económica de la liquidación. Al respecto, el tribunal sostuvo la metodología de cálculo para la obligación principal, subrayando que la responsabilidad de la firma por el despido incausado se mantiene firme a pesar de los ajustes realizados en la cuantificación final.

Agencia Noticias Argentina

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