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Caso Schoenfisch: Fue suspendido el debate
El Tribunal Penal Uno de Eldorado votó por unanimidad suspender el debate oral que tiene en el banquillo de acusados a Pablo Schoenfisch (23), hasta que se resuelva la responsabilidad de Arnoldo -hasta ahora una de las víctimas- por su confesión en la jornada uno.
Después de un testimonio comprometido por parte de, según el expediente, una de las víctimas del ataque con arma de fuego perpetrado por Pablo Schoenfisch (23) -quien es juzgado por matar a su madre Faustina Antúnez (56) y herir gravemente a su padre Arnoldo Schoenfisch con disparos en la cabeza-, esta mañana estaba previsto continuar el debate oral.
Sin embargo, el Tribunal Penal Uno de Eldorado conformado por los jueces Adriana Andino, Atilio De León y Eduardo Javier Jourdan, por unanimidad dispuso que el juicio sea suspendido “hasta que se resuelva en sede instructiva la suerte procesal de Arnoldo Schoenfisch”.
En sus argumentos el tribunal consideró que “la confesión merece una nueva mirada por parte del órgano encargado de la instrucción, para evitar eventuales e insalvables nulidades por violación a garantias constitucionales”.
Sobre la decisión, el fiscal Federico Rodríguez calificó como “una falta de respeto” por “esperar tanto tiempo para resolver de esa manera”. En esa línea, sostuvo que las declaraciones fueron sólo mentiras. “Lo que dice Arnoldo no tiene ningún sentido, acá hablamos del delito de calumnia e insisto que fue parte del esquema defensivo”:
En ese contexto, adelantó que dispondrá que la fiscalía de instrucción investigue por falso testimonio y falsedad ideológica. “¿Quién paga los costos ? La única salida que le queda al pobre Arnoldo para no ser condenado por falso testimonio, es probar que él cometió el delito”, señaló, añadiendo que a Arnoldo “lo pusieron en una encrucijada”.
“La defensa tiene eso y una pericia trucha. Lo único que están buscando es dilatar el proceso artificialmente. Correspondía que se siga con los testigos”, concluyó Rodríguez. En contraparte, la defensa representada por los abogados Fabián de Sa y Maria Laura Alvarenga, solicitó la excarcelación de Pablo, mientras continúe el proceso de investigación.
Luego de estas solicitudes, tanto de la fiscalía como de la defensa, el tribunal dispuso que el debate entre en un cuarto intermedio hasta mañana a las 8:30 para informar lo resuelto sobre estos planteos.
FUENTE: EL TERRITORIO
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La CGT convocó a un paro general sin movilización para cuando se trate la reforma laboral en Diputados
La cúpula directiva de la CGT convocó este lunes a un paro general sin movilización para cuando se discuta la reforma laboral en la Cámara de Diputados, según pudo confirmar la Agencia Noticias Argentinas.
Fue luego de la reunión entre los cotitulares de la central obrera Octavio Argüello (Camioneros), Jorge Sola (Seguro) y Cristian Jerónimo (empleados del vidrio), que realizaron de manera virtual durante el mediodía.
Según indicaron fuentes de la CGT a la Agencia Noticias Argetinas, la central hará un paro naciona el día que se trate el proyecto en Diputados, con adhesión de todos los gremios del transporte, aunque sin movilización convocada de manera orgánica. De todos modos, habrá “libertad de acción” para los sindicatos del sector.
Así lo de definió el consejo directivo de la entidad después de un Zoom que inició al mediodía y concluyó minutos antes de las 14.
El miércoles a las 11, en tanto, la CGT brindará una conferencia de prensa en la sede de Azopardo para ampliar declaraciones.
La previa
Jerónimo había señalado este domingo que “estaban dadas las condiciones y generados los consensos colectivos para ir hacia una huelga nacional”.
De hecho, muchos sindicalistas sostenían que ya no es suficiente con salir a la calle para expresar su oposición al proyecto del Gobierno y pidieron expresamente medidas más duras.
En consecuencia, la CGT activó la medida de fuerza para el día en que la Cámara de Diputados discuta el proyecto el en recinto. Todo indica que será el próximo jueves 19 de febrero.
Entre los puntos que causaron rechazo de parte de la CGT se encuentran las modificaciones sobre las indemnizaciones, la jornada laboral, el derecho a huelga y las vacaciones, mientras que también generó críticas el esquema de licencias por enfermedad o accidentes no laborales.
Más críticas
El secretario general del Centro de Patrones Fluviales, Mariano Moreno, advirtió que la reforma laboral excluye a los marinos de la ley de Contrato de Trabajo. “Si no luchamos hoy para que esto no salga, vamos a terminar precarizados y trabajando por un sueldo miseria”, sentenció.IP
“Al personal embarcado no le dejan ni el 14 bis”, afirmó el dirigente, al graficar que el artículo 2° de la reforma excluye de forma explícita al personal embarcado en su inciso (g) y los pone en igualdad de condiciones que las personas privadas de su libertad. Esto significa que ya ni siquiera se cuenta con los derechos más básicos que protegen al trabajador”.
“Antes, si había un conflicto no previsto en el contrato de ajuste, se invocaba la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) para proteger al marinero o capitán. Con esta reforma, se asume que el régimen de navegación es autónomo. Esto debilita la protección general porque la Ley de Navegación es de carácter comercial y administrativo, y no tiene la carga de justicia social y protección al trabajador que tiene un Convenio Colectivo de Trabajo o lo mínimo que garantiza la LCT”, detalló.
Agencia Noticias Argentinas
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Ecología y Güirá Oga restituyeron 12 lechuzas a la Selva Misionera
El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones, en articulación con el Centro de Rescate, Rehabilitación y Recría de Fauna Silvestre Güirá Oga -gestionado por la Fundación de Historia Natural Félix de Azara-, concretó en Puerto Iguazú la liberación de 12 ejemplares de lechuza alilicucú (Pseudoscops choliba), que regresaron a su hábitat natural tras completar el proceso de rehabilitación correspondiente.
De la actividad participaron el ministro de Ecología, Arq. Martín Recamán; el subsecretario de Ecología, Facundo Ringa; el subsecretario de Ordenamiento Territorial, Lucas Russo, y representantes de Güirá Oga, entre ellos Dante Di Nucci. La liberación forma parte de las acciones que se desarrollan de manera sostenida para la conservación de la fauna silvestre y la restitución de animales víctimas del mascotismo y otras situaciones de riesgo.
Estas lechuzas se suman a otros ejemplares liberados durante este año, entre ellos un ñandú, un tucán y un carpincho, que lograron regresar a la vida silvestre luego de completar su recuperación. En todos los casos, los animales atravesaron evaluaciones sanitarias, procesos de rehabilitación y readaptación ambiental, orientados a garantizar su supervivencia en libertad.
Estas acciones reflejan el compromiso del Estado provincial y de las instituciones que trabajan de manera articulada en la protección de la biodiversidad y en la concientización sobre la importancia de preservar la fauna silvestre en su ambiente natural.

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Fallo histórico en Mendoza: Manaos deberá pagar 800 millones de pesos a un empleado
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza asestó un golpe financiero a la empresa Refres Now S.A., fabricante de la gaseosa Manaos, al confirmar una condena por despido que obliga a la firma a desembolsar más de 800 millones de pesos a un exdistribuidor.
Si bien el máximo tribunal provincial admitió parcialmente un recurso extraordinario y recalculó a la baja la cifra inicial, que rondaba los 1.500 millones, ratificó la existencia de una relación de dependencia no debidamente registrada y la responsabilidad de la compañía en el distracto laboral.
Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, la controversia legal tuvo su origen en la ciudad de San Rafael, donde la Cámara Segunda del Trabajo determinó que el demandante, quien se desempeñó como distribuidor en las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa, mantuvo un vínculo laboral con la empresa entre los años 2013 y 2022.
Según consta en el expediente, el trabajador logró acreditar irregularidades en la registración de su contrato durante gran parte del período analizado. La sentencia original consideró probada la existencia de un “vínculo de dependencia no debidamente registrado”, lo que derivó en una condena inicial de alto impacto para el sector empresario.
Al revisar las actuaciones, los ministros de la Corte, Omar Palermo, Mario Adaro y Norma Llaster, decidieron reformular la sentencia dictada en la causa “Refres Now SA p/ Despido”. Con la nueva resolución, el tribunal dispuso que la empresa deberá abonar al trabajador la suma de $223.419.076,66 en concepto de capital y $584.257.217,06 por intereses calculados al 11 de abril de 2025. El fallo aclara que el monto total de $807.676.293,72 se establece “sin perjuicio de los intereses que continúen devengándose hasta el efectivo pago”.
A pesar de confirmar la condena principal, el máximo tribunal introdujo modificaciones técnicas en los rubros indemnizatorios. En particular, la Corte rechazó parcialmente la demanda en lo referido a la indemnización prevista en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), vinculada a la entrega de certificados laborales.
Este rubro, que ascendía a $34.796.852,75, fue desestimado por los magistrados al evaluar la correcta aplicación del derecho. Asimismo, el fallo determinó que los intereses para los ítems rechazados se calculen conforme a la tasa prevista en la Ley 9041.
La resolución judicial adquiere relevancia no solo por la envergadura de la empresa -productora también de las marcas Villa Manaos, Placer, Bichi y Fernandito- sino por la magnitud de la cifra en un contexto de debate sobre la reforma laboral.
La Corte evitó reabrir la discusión sobre los hechos ya probados en la instancia anterior y se centró en la estructura económica de la liquidación. Al respecto, el tribunal sostuvo la metodología de cálculo para la obligación principal, subrayando que la responsabilidad de la firma por el despido incausado se mantiene firme a pesar de los ajustes realizados en la cuantificación final.

Agencia Noticias Argentina
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