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El juez Lijo desarmó un intento de operación judicial de diputado misionero del PRO

El legislador Miguel Nuñez quedó envuelto en una polémica luego de que el Juez Federal Ariel Lijo desestime por “infundada” una presentación realizada por el dirigente del PRO, con el patrocinio del abogado Fernando Acosta. Según la Justicia Federal, la denuncia no aportaba ninguna prueba y por tal motivo el magistrado ordenó el archivo de las actuaciones. Se trata del segundo revés judicial del letrado de las asociaciones rurales.
El pasado 2 de octubre, el Juez Federal Ariel Lijo que subroga interinamente el juzgado de Canicoba Corral, desestimó una denuncia penal presentada por el diputado del PRO Miguel Nuñez, por infundada.
Luego de argumentar la falta de consistencia, producto de la falta de pruebas, el magistrado resolvió “Archivar la presente causa N°3235/24 por no poder proceder, en los términos del Artículo 180 -in fine- del Código Procesal Penal de la Nación”.
El 13 de agosto, el diputado Nuñez se había presentado en Comodoro Py junto al abogado Acosta, conocido en este último tiempo por impulsar numerosas denuncias contra el Estado misionero.
La presentación de la denuncia fue acompañada de una fuerte acción de instalación del tema desde las redes sociales y a través de algunos periodistas reconocidos por hacer lobby regularmente a favor de los grandes jugadores del sector de campo.
El juez Lijo expresó en su resolución que “la puesta en marcha de una investigación penal en un Estado de Derecho, demanda la existencia de una sospecha suficiente, indicativa de la comisión de un delito determinado”. Lo cierto es que la ausencia de este elemento sugiere lo que en doctrina se denomina “excursión de pesca”, con la consecuente asignación de recursos que demandaría la realización de una búsqueda sin pruebas ni hechos concretos para investigar.

La falta de pruebas conducentes en la denuncia impulsada por el diputado del PRO llevó a que el Juzgado Criminal y Correccional 6 solicite al SENASA informes respecto a la comercialización de un bioherbicida por parte de la empresa Agrosustentable.
Nuñez había solicitado una inspección a la empresa instalada en el Parque Industrial de Posadas para realizar la verificación respectiva. Al respecto, el director de Estrategia y Análisis de Riesgo del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Esteban José Sampietro, fue contundente en su informe al concluir que “en las inspecciones no se halló el producto denunciado”.
Frente a la falta de pruebas, el fiscal de la causa manifestó que “… si bien Nuñez referenció la existencia de una serie de sucesos a analizar, lo cierto es que los mismos no se encuentran apoyados en elementos objetivos, motivo por el cual la generalidad en que se basa la denuncia determina la imposibilidad de impulsar la investigación”.
La decisión del juez Lijo se apoyó en la postura del fiscal afirmando que “la ausencia de precisiones que se plantea en el caso se presenta como un obstáculo a la hora de circunscribir una plataforma fáctica que posibilite sugerir y ordenar medidas de prueba con cierta probabilidad de éxito o encauzar el legajo respecto a una hipótesis delictiva concreta, en contraposición con la búsqueda general y sin sustento que se propiciaría con el impulso de la investigación en estas condiciones”.
Se agrega en el expediente, respecto a la falta de consistencia de la denuncia que “de la misma manera, Nuñez sostuvo que aquel producto habría sido adquirido con fondos del FET, es decir, con fondos recaudados por el Estado nacional, lo que indicaría una compra efectuada desde el Ejecutivo local, aunque aquella información surgiría de los dichos de una funcionaria del Ministerio del Agro y la Producción de Misiones, de la que no se proporcionó dato alguno, es decir, la fuente de esa afirmación tampoco se conoce, imposibilitándose la obtención de mayores elementos que brinden sustento a lo denunciado”.
El magistrado porteño concluyó: “de este modo, se advirtió que una denuncia igualmente genérica dio inicio al lega EX2024-75568723-APN-DGTYA#SENASA -cuyo objeto se fijó en la presunta comercialización de un producto fitosanitario en condicones irregulares-, aunque los resultados de las medidas de prueba allí desplegadas tampoco aportaron a la presente elementos que permitan concretizar las hipótesis denunciadas y/o brindarles sustento”.
Acosta, el abogado de las denuncias sin pruebas
La resolución del juez Lijo, muy cercano al presidente Javier Milei, no es el primer revés judicial que recibe el polémico letrado misionero Fernando Acosta. Días atrás, había patrocinado a un grupo de productores que intentaron impulsar una medida cautelar contra el Gobierno provincial por la Ley de Promoción de Bioinsumos. Asesorados por Acosta, los productores apuntaron contra las autoridades provinciales y contra el SENASA. El planteo de los representados por el controvertido abogado apuntaba a la prórroga de la aplicación de la legislación que establece la transición hacia el uso de productor orgánicos para abandonar por completo el uso de glifosato en las chacras misioneras en el año 2029. Los accionantes sostenían que era el SENASA quien debía ratificar este tipo de regulaciones y que no corresponde a la legislación provincial.
Lo cierto es que la medida cautelar fue desestimada por el Juez Federal de Oberá Alejandro Gallandat. En diálogo con la prensa, el magistrado informó que se trataba de “una medida cautelar autónoma, en principio iniciada por varios productores”. En la misma, los demandantes manifestaban que la ley que establece la obligatoriedad del uso de bioinsumos significaba un atentado contra sus actividades agropecuarias. Sin embargo, consideró que no existían razones suficientes para que prospere la medida: “lo que buscaban era algo que en este momento no tiene actualidad ni vigencia”.
El juez Gallandat argumentó que los jueces federales tienen que expedirse cuanto hay un conflicto, cuando hay realmente una controversia. “En este caso, no había conflicto y esa fue una de las razones por las cuales fue rechazado”.
El magistrado enfatizó en que las medidas cautelares autónomas funcionan para situaciones de urgencia en las que “debe estar muy clara la verosimilitud del derecho”. Esto quiere decir que los posibles agravios se tienen que comprobar para, de esta manera, evitar un “perjuicio irreparable”.
De esta forma, el abogado misionero Fernando Acosta, quien además es profesor universitario, queda en el centro de la polémica tras haber prestado su asesoramiento técnico tanto al diputado del PRO Miguel Nuñez como al grupo de productores, en demandas que no contaban con elementos probatorios y tampoco se ajustaban a los presupuestos legales establecidos por la normativa vigente para que puedan prosperar las causas.

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Se aprobaron la creación de nuevas líneas y ramales de colectivos urbanos

En sesión extraordinaria realizada en la mañana de hoy, viernes, se aprobó por mayoría la Ordenanza por la que se crean nuevas líneas y ramales para el transporte público de pasajeros dentro de la ciudad de Eldorado. También se modificaron algunas que ya estaban vigentes.
La aprobación fue por 6 votos a 1. El único voto negativo fue el de la concejal María Cristina Bandera, quien alegó no coincidir con el momento para este tratamiento y expuso su malestar por considerar que durante su gestión como presidente en el Cuerpo Deliberativo tuvo “muchos palos en la rueda” para avanzar con este tipo de temas.
Este tratamiento y aprobación se dio en medio de una profunda crisis del transporte público a partir de las decisiones de la empresa Kenia de suprimir recorridos y frecuencias que dejaron a miles de usuarios sin el servicio durante varios días. El fundamento que se esgrime para adoptar esta medida es que esos recorridos y frecuencias carecen de respaldo legal mediante ordenanzas.
Además, Kenia interrumpió la gratuidad del servicio para varios sectores que gozaban del beneficio avalado por el Ejecutivo Municipal alegando una deuda impaga por parte del municipio.
Cabe recordar que el miércoles, en sesión ordinaria, ya se había creado la Línea 9.
En la Extraordinaria realizada hoy se abrogaron en todos sus términos las Ordenanzas N° 100/1985, N° 014/1986, N° 008/1987, N° 070/1987, N° 071/1987, N° 044/1989, N° 111/1991, N° 132/1992, N° 127/1993, N° 063/2001, N° 079/2010, N° 241/2019, N° 041/2020, N°011/2025 “y todas aquellas Ordenanzas, Decretos o Reglamentos que se opongan” a este instrumento aprobado en esta jornada.
También se derogaron los Artículos 2° de la Ordenanza 100/1987 y 1° de la Ordenanza 182/2018.
Asimismo se crearon la Línea 1 Ramal D (barrios IPRODHA KM. 3 y El Fundador), Línea 1 Ramal E (barrios Lomas del Paraná, Cabureí y Paticuá) y la Línea 10 (barrios El Tucán y Los Lapachos). Además, se modificaron los recorridos, horarios y frecuencias de la Línea 4 (los barrios Oleaginosa y Unidad) y de la Línea 5 (barrios Roulet y Sarmiento)
Anexos:














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Organizaciones ambientales respaldan la suspensión de la construcción del kartódromo en Puerto Iguazú por inviabilidad ambiental

La reciente resolución del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones de rechazar la viabilidad ambiental del proyecto de kartódromo en Puerto Iguazú por el impacto negativo que tiene en el entorno, fue respaldada por diversas organizaciones ambientales, quienes destacaron la medida por su enfoque en defender los ecosistemas misioneros.
Organizaciones de alcance internacional, como Greenpeace, y de referentes ambientales reconocidos a nivel mundial, destacaron la importancia de frenar proyectos que amenacen áreas con tanta biodiversidad como las que rodean la zona. Desde estas voces se valoró la decisión como un ejemplo de gestión ambiental responsable, alineada con los compromisos globales de conservación. Además, señalaron que proteger estos territorios no solo es fundamental a nivel local, sino que también contribuye a la preservación de ecosistemas clave a escala regional y mundial.
La decisión de la cartera ambiental se basó en la evaluación de impactos negativos que la actividad implicaría en la zona, debido a su cercanía con el Parque Provincial Puerto Península. El informe técnico señaló riesgos ambientales como contaminación acústica, lumínica, del aire, suelo y agua, fragmentación del hábitat y mayor peligro de incendios forestales sobre un área protegida de alto valor ecológico, donde habitan especies amenazadas como es el caso del yaguareté (Panthera onca), un monumento natural de la provincia.
Frente a este escenario, el presidente de la Fundación Dante Piesco y el Centro de Rescate Ohana, Fernando Piesco, calificó el proyecto como un “atropello ecológico” y manifestó su preocupación por los daños ocasionados en un área clave para la biodiversidad misionera: “Se avanzó sin estudio ni aprobación previa en un área donde se sabe que hay presencia de especies sumamente importantes. Pensar en instalar allí motores, ruido y circulación de personas es totalmente ilógico. Los animales tendrían que desplazarse, no soportarían ese nivel de perturbación”, advirtió.
Desde Ohana también exigieron la reparación del daño ambiental: “Esa deforestación tiene que ser remediada, las personas responsables deben hacerse cargo”, subrayó Piesco. Cabe destacar que de las 5 hectáreas que correspondían al predio en obra el daño ocasionado fue de poco más de una hectárea, lo que corresponde a un 22% de la superficie afectada.
En el mismo sentido se expresó Agustín Paviolo, investigador del CONICET y coordinador del Proyecto Yaguareté, quien consideró “acertada” la decisión del Ministerio de Ecología: “Para construir la pista se desmontó una zona muy sensible junto a un área protegida. El funcionamiento de un kartódromo allí podría afectar seriamente a la flora y fauna nativas. La no autorización es correcta y este tipo de infraestructura debe buscar otros emplazamientos, lejos de zonas con alto valor ecológico”, sostuvo.
Asimismo, remarcó la necesidad de iniciar un proceso de restauración ambiental: “El daño ecológico es considerable y aunque el monte puede regenerarse, eso llevará años, pero es fundamental comenzar ese proceso”, agregó.
Por su parte, desde Aves Argentinas señalaron que si bien no están en desacuerdo con un emprendimiento de este tipo en la ciudad, consideran que el sitio elegido no es el adecuado: “Ese predio es un área de amortiguación del Parque Provincial Puerto Península, con presencia confirmada de muchas especies de alto valor para la conservación”, remarcaron. Desde esta organización, que trabaja en articulación con distintos municipios para fomentar el turismo y la producción sostenibles, sostienen que el municipio de Puerto Iguazú debe “seguir promoviendo iniciativas que se enmarquen en ese horizonte”.
Desde el Refugio de animales Silvestres Güirá Oga (con sede en Puerto Iguazú) expresaron su profunda preocupación ante el avance del proyecto del kartódromo, debido al impacto negativo que este tipo de actividad genera en una zona lindante a un área con este valor biológico: “El desarrollo de este emprendimiento no solo comprometería la conservación del entorno, sino que también podría afectar gravemente los servicios ambientales que este ecosistema brinda a la comunidad”, advirtieron desde la institución. Además, destacaron y valoraron el accionar del Ministerio de Ecología “por su compromiso con la protección de estos ambientes, por hacer cumplir la normativa y sostener como medida de restauración la reforestación del área con especies nativas”.
Las posturas expresadas frente a la decisión del Ministerio de Ecología reflejan un consenso general en defensa de la conservación ambiental y el respeto por las normativas vigentes. Desde los distintos sectores vinculados a la protección de la biodiversidad, se destaca que el rechazo al proyecto del kartódromo responde a la necesidad de priorizar la integridad de los ecosistemas ante actividades que generan impactos negativos.
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Eldorado: Varias motos fueron embestidas por un camión en el Corralón Municipal

El singular incidente ocurrió esta mañana en el corralón de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, afectando a, por lo menos, seis motocicletas, pertenecientes a los empleados.

Según trascendió, el atropellamiento ocurrió luego que zafara el freno de mano del camión Mercedes Benz Cv10, que habría estado en marcha. El desplazamiento del vehículo se produjo marcha atrás hacia el estacionamiento de motos.

Afortunadamente, no se reportaron personas lesionadas.
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