Educación
Passalacqua ratificó la continuidad del Boleto Estatal Estudiantil gratuito misionero a partir de marzo
El gobernador de Misiones confirmó que, a partir de marzo entra en vigencia nuevamente el Boleto Estatal Estudiantil Gratuito Misionero (BEEGM) para estudiantes de todos los niveles educativos. “Esta política se sostiene en un 100% con fondos provinciales, lo que pone de relieve el deber que tenemos todos como familia misionera, incluso en un contexto difícil, con la formación de nuestros jóvenes”, afirmó el mandatario.
POSADAS, VIERNES 14 DE FEBRERO DE 2025. A través de sus redes sociales, el gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, anunció la continuidad del Boleto Estatal Estudiantil Gratuito Misionero (BEEGM) para todos los niveles educativos a partir de marzo. Este beneficio, financiado en su totalidad con fondos provinciales, tiene como objetivo garantizar el acceso gratuito al transporte público para los estudiantes misioneros de todos los sistemas educativos.
El BEEGM comenzará a regir nuevamente en distintas fechas según el nivel educativo. Para los estudiantes de nivel inicial, primario, secundario y modalidades, la vigencia del boleto se establece a partir del 5 de marzo y contará con una renovación automática hasta el 18 de abril. A partir de esa fecha, quienes no hayan revalidado sus datos deberán hacerlo a través de la web (https://boletoestudiantil.misiones.gov.ar) para continuar accediendo al beneficio.
En el caso del nivel universitario, el boleto entrará en vigencia el 10 de marzo y no se renovará automáticamente, por lo que los estudiantes deberán inscribirse antes de esa fecha si desean contar con el servicio desde el primer día.

Para el resto del nivel superior, el beneficio estará disponible a partir del 27 de marzo, con las mismas condiciones de inscripción que el nivel universitario.
Al respecto, Passalacqua manifestó: “Conforme el compromiso asumido hace ya nueve años por ley provincial, en 2025 el Boleto Estatal Estudiantil Gratuito Misionero estará garantizado desde el inicio de clases para los más de 320.000 estudiantes de todos los niveles que circulan por el universo educativo de la provincia”.
“Esta política se sostiene en un 100% con fondos provinciales, lo que pone de relieve el deber que tenemos todos como familia misionera, incluso en un contexto difícil, con la formación de nuestros jóvenes. Esa es la llave para un futuro próspero”, afirmó.
Para obtener más información sobre los requisitos, fechas y pasos a seguir para la reactivación del BEEG, ingresar a la siguiente página web: https://boletoestudiantil.misiones.gov.ar.
DETALLES SOBRE LA INSCRIPCIÓN Y REVALIDACIÓN DE DATOS
Según la Disposición Nº 015 de la Subsecretaría de Transporte, Puertos, Aeropuertos y Redes de Comunicación de Misiones, los estudiantes deberán realizar los siguientes trámites para acceder al beneficio:
- Estudiantes de Nivel Inicial, Primario, Secundario y Modalidades: se renueva automáticamente hasta el 18 de abril, pero deben revalidar sus datos en la página web https://boletoestudiantil.misiones.gov.ar antes de esa fecha para continuar con el beneficio. No obstante, la inscripción se puede realizar en cualquier momento del año. También deben presentar una constancia de inscripción en las oficinas correspondientes o ante las empresas de transporte.
- Estudiantes de Nivel Universitario y Superior: deben inscribirse nuevamente para acceder al BEEG, es decir, para este nivel la renovación no es automática. La inscripción podrá realizarse en cualquier momento del año. En este caso, la inscripción también se realiza en la página web https://boletoestudiantil.misiones.gov.ar y requiere la presentación de la constancia de inscripción.

Actualidad
Desde el SPEPM aseguraron que la desregulación arancelaria es “inaplicable” en Misiones
Tras conocerse el Decreto 787/2025 por el cual se deroga el Decreto N.º 2417/1993 referido al control estatal sobre los aranceles de los establecimientos de educación privada, dispuesto por el Gobierno Nacional, hubo una reacción en la provincia de Misiones para despejar cualquier duda respecto al impacto que ello tendría para los establecimientos educativos y para las familias que envían a sus hijos a ellos.
En primera instancia, se aseguró que el Decreto mencionado es “inaplicable” en Misiones y exhortó a las instituciones a que “deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial”.
En definitiva, las conclusiones vertidas en el comunicado describe los siguientes puntos:
- 1. El Decreto Nacional 787/2025 no resulta aplicable ni vinculante para la Provincia de Misiones en materia de aranceles escolares de instituciones de gestión privada, por hallarse la competencia plenamente transferida y regulada por legislación provincial específica.
- 2. Continúan vigentes la Ley VI-46 (ex Ley 2987), las resoluciones del SPEPM y toda norma local que establezca criterios, montos o procedimientos de fijación de aranceles, sin perjuicio de las disposiciones nacionales de carácter general en materia educativa.
- 3. Los establecimientos de gestión privada deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial.
- 4. Como consecuencia del análisis realizado, se emite la presente explicitando la inaplicabilidad del Decreto 787/2025 en la jurisdicción de Misiones y la vigencia de los mecanismos de control y supervisión provinciales.
El documento completo:
Educación
Eldorado: Se realiza una capacitación docente en el Parque Schwelm
Comenzó el Curso de Capacitación Docente “El campamento, un recurso didáctico formativo y recreativo”, en el Parque Schwelm.
Este martes se llevará adelante la segunda jornada del taller, que brindará recursos prácticos y esenciales sobre técnicas de campamento y cabuyería.
Además, se compartirá información sobre la legislación y normativa vigente para la organización de campamentos educativos, primeros auxilios, y juegos y actividades lúdicas en el campamento.
Actualidad
Desregularon los aranceles de los colegios privados tras 30 años de control y podrán fijar las cuotas sin autorización
Mediante un decreto, derogaron una normativa que regulaba los precios de las matrículas y las cuotas en las escuelas privadas, permitiendo que los institutos fijen los valores sin autorización previa del Estado nacional.
A través del Decreto 787/2025, publicado en la madrugada de este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso la derogación del Decreto 2417/1993, una norma que durante más de tres décadas reguló el sistema de aranceles y la relación entre el Estado y los institutos de educación pública de gestión privada en la Argentina.
La medida implica un cambio en el esquema de control estatal sobre los precios de las cuotas y matrículas que cobran los colegios privados, al eliminar la obligación de comunicar anticipadamente los montos y de obtener autorización previa para cualquier modificación.
Según los fundamentos del decreto, la normativa derogada “presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país”.
El decreto sostiene que el sistema vigente, instaurado en los años 90, respondía a un contexto en el que la administración de la educación dependía del Gobierno nacional. Con la transferencia de competencias a las provincias, el Ejecutivo considera que “corresponde revisar el marco normativo existente para favorecer un entorno más propicio para la gestión de los establecimientos educativos de gestión privada, garantizando así la sostenibilidad de su labor y el derecho a la educación de calidad”.
Entre los argumentos centrales, el decreto advierte que la intervención estatal en la fijación de aranceles “ha generado efectos contraproducentes que afectan su funcionamiento y viabilidad económica”. En particular, señala que la exigencia de informar y autorizar los valores de matrícula y cuotas con antelación “limita su capacidad de adaptación a las fluctuaciones del mercado, impidiendo que estos ajusten sus precios en función de la realidad económica y los costos operativos”.
Por esto mismo, remarcaron que este mecanismo de control de precios “perjudica a las familias, quienes deben enfrentar aranceles educativos más altos desde el inicio del ciclo lectivo, limitando su capacidad de elegir establecimientos de enseñanza adecuados a sus posibilidades económicas y, en algunos casos, obligándolas a trasladar a sus hijos a otras instituciones”.
En ese sentido, el decreto subraya que “el requerimiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada de comunicar los montos de matrícula y de las cuotas con anticipación considerable, junto con la obligación de obtener la autorización estatal previa para modificar dichos valores, crea una situación de incertidumbre económica para los institutos, que suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal”.
El texto también pone el foco en el derecho de propiedad de los institutos privados, al afirmar que “deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados, sin necesidad de autorización estatal”. Según la visión oficial, la previsibilidad y rigidez de las tarifas impuestas por el Estado “puede llevar a una precarización de la calidad educativa, dado que los establecimientos no pueden responder adecuadamente a las variaciones en los costos de insumos, salarios y otros gastos operativos sin antes contar con autorización de la autoridad correspondiente”.
De esta manera, el Gobierno instruyó al Ministerio de Capital Humano para que, a través de la Secretaría de Educación, revise las pautas contenidas en el Decreto 2542/1991 —la norma madre del sistema de financiamiento de la educación privada— y eleve una propuesta de modificación. De este modo, el Ejecutivo busca avanzar hacia un esquema en el que se resguarde el principio de libre contratación, ”permitiendo a las instituciones educativas el derecho a definir sus políticas de precios y compensaciones, en el marco de una competencia leal y en función de las demandas del mercado”.
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