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Andrés Rodríguez: “Es un fallo difícil de entender, no hay elementos para condenar a 11 años de prisión”
Lo manifestó en Canal 9 Norte Misionero Andrés Rodríguez, el Abogado defensor de Norberto Blas Cadena, hombre que fue condenado por el Tribunal Penal N° 1 de Eldorado a 11 años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de “Homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género en hecho en grado de tentativa”.
El letrado expresó su descontento con la condena a su cliente y expresó que “es un fallo difícil de entender, dejando a salvo el respeto que me merecen todos los magistrados que intervinieron”, comenzó señalando el abogado defensor y luego explicó los motivos por los cuales considera que “fue un fallo bastante discutible”.
“Le imputaron que las quiso quemar rociando con nafta a ambas, la existencia de la nafta nunca se probó. Tampoco se demostró la intencionalidad de cometer un homicidio, aunque primero no se demostró que fehacientemente que haya sido intencional la salpicadura con nafta, quedaron dudas y tienen que ser a favor de reo y no en contra. Pero supongamos que haya sido intencional, hasta ahí tampoco es delito. Le imputan que le quería prender fuego con un encendedor, un delito de imposible realización, porque ese día llovía y no se iba a poder acceder, además nunca se acercó a menos de un metro y medio, eso está totalmente fuera de discusión. La conducta que desarrollaba Cadena era ineficaz para producir un homicidio y por ende una tentativa”. Esos fueron los por los cuales Rodríguez considera un fallo injusto.
Con respecto a los pasos a seguir en su defensa a Norberto Blas Cadena, Andrés Rodríguez comentó: “Vamos a ir en casación, tengo la esperanza que el Superior Tribunal haga lugar al pedido de la defensa, todavía no sabemos los fundamentos, porque se dan a conocer en dos semanas y ahí podremos interponer la casación, pudo haber estado alterado y haber hecho alguna cosa por una emoción violenta, pero no una tentativa de homicidio, es una persona inocente”, aseguró.
Con respecto a que su defendido, Norberto Cadena, fue absuelto por el beneficio de la duda ante la misma imputación sobre su hija, Rodríguez señaló: La declaración de ella fue muy contundente, lo liberaba de culpa, lo hizo en forma accidental (salpicar combustible) y por eso fue absuelto, pero el tema está en el criterio de apreciación para condenar de una forma y absolver en la otra, evidentemente no estaba demostrado la intencionalidad de cometer un homicidio”.
Investigación por falso testimonio de Antonia
Sobre el pedido de una investigación por un falso testimonio, Andrés Rodríguez explicó que “Antonia presentó dos declaraciones contradictorias, ella misma reconoció eso y dijo que mintió en una”, en tanto que al ser consultado sobre si esto no debería favorecer al acusado, dijo: “La prueba de cargo era el testimonio de la denunciante y si esa denunciante está imputada en falso testimonio, no queda nada, algo que vamos a plantear en casación, porque ella no tenía lesiones, no hay certificado médico, no se demostró que era combustible lo que tenía, no hay elementos y menos para condenar a 11 años de prisión sin beneficio de la libertad condicional”, aseguró el abogado defensor de Norberto Blas Cadena.
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Ecología y Güirá Oga restituyeron 12 lechuzas a la Selva Misionera
El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones, en articulación con el Centro de Rescate, Rehabilitación y Recría de Fauna Silvestre Güirá Oga -gestionado por la Fundación de Historia Natural Félix de Azara-, concretó en Puerto Iguazú la liberación de 12 ejemplares de lechuza alilicucú (Pseudoscops choliba), que regresaron a su hábitat natural tras completar el proceso de rehabilitación correspondiente.
De la actividad participaron el ministro de Ecología, Arq. Martín Recamán; el subsecretario de Ecología, Facundo Ringa; el subsecretario de Ordenamiento Territorial, Lucas Russo, y representantes de Güirá Oga, entre ellos Dante Di Nucci. La liberación forma parte de las acciones que se desarrollan de manera sostenida para la conservación de la fauna silvestre y la restitución de animales víctimas del mascotismo y otras situaciones de riesgo.
Estas lechuzas se suman a otros ejemplares liberados durante este año, entre ellos un ñandú, un tucán y un carpincho, que lograron regresar a la vida silvestre luego de completar su recuperación. En todos los casos, los animales atravesaron evaluaciones sanitarias, procesos de rehabilitación y readaptación ambiental, orientados a garantizar su supervivencia en libertad.
Estas acciones reflejan el compromiso del Estado provincial y de las instituciones que trabajan de manera articulada en la protección de la biodiversidad y en la concientización sobre la importancia de preservar la fauna silvestre en su ambiente natural.

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Fallo histórico en Mendoza: Manaos deberá pagar 800 millones de pesos a un empleado
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza asestó un golpe financiero a la empresa Refres Now S.A., fabricante de la gaseosa Manaos, al confirmar una condena por despido que obliga a la firma a desembolsar más de 800 millones de pesos a un exdistribuidor.
Si bien el máximo tribunal provincial admitió parcialmente un recurso extraordinario y recalculó a la baja la cifra inicial, que rondaba los 1.500 millones, ratificó la existencia de una relación de dependencia no debidamente registrada y la responsabilidad de la compañía en el distracto laboral.
Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, la controversia legal tuvo su origen en la ciudad de San Rafael, donde la Cámara Segunda del Trabajo determinó que el demandante, quien se desempeñó como distribuidor en las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa, mantuvo un vínculo laboral con la empresa entre los años 2013 y 2022.
Según consta en el expediente, el trabajador logró acreditar irregularidades en la registración de su contrato durante gran parte del período analizado. La sentencia original consideró probada la existencia de un “vínculo de dependencia no debidamente registrado”, lo que derivó en una condena inicial de alto impacto para el sector empresario.
Al revisar las actuaciones, los ministros de la Corte, Omar Palermo, Mario Adaro y Norma Llaster, decidieron reformular la sentencia dictada en la causa “Refres Now SA p/ Despido”. Con la nueva resolución, el tribunal dispuso que la empresa deberá abonar al trabajador la suma de $223.419.076,66 en concepto de capital y $584.257.217,06 por intereses calculados al 11 de abril de 2025. El fallo aclara que el monto total de $807.676.293,72 se establece “sin perjuicio de los intereses que continúen devengándose hasta el efectivo pago”.
A pesar de confirmar la condena principal, el máximo tribunal introdujo modificaciones técnicas en los rubros indemnizatorios. En particular, la Corte rechazó parcialmente la demanda en lo referido a la indemnización prevista en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), vinculada a la entrega de certificados laborales.
Este rubro, que ascendía a $34.796.852,75, fue desestimado por los magistrados al evaluar la correcta aplicación del derecho. Asimismo, el fallo determinó que los intereses para los ítems rechazados se calculen conforme a la tasa prevista en la Ley 9041.
La resolución judicial adquiere relevancia no solo por la envergadura de la empresa -productora también de las marcas Villa Manaos, Placer, Bichi y Fernandito- sino por la magnitud de la cifra en un contexto de debate sobre la reforma laboral.
La Corte evitó reabrir la discusión sobre los hechos ya probados en la instancia anterior y se centró en la estructura económica de la liquidación. Al respecto, el tribunal sostuvo la metodología de cálculo para la obligación principal, subrayando que la responsabilidad de la firma por el despido incausado se mantiene firme a pesar de los ajustes realizados en la cuantificación final.

Agencia Noticias Argentina
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Fortalece las condiciones laborales del personal policial y penitenciario
En la jornada de hoy, el Ministro de Hacienda y Finanzas de Misiones encabezó una mesa de trabajo junto al Director de Liquidaciones, C.P. Miguel Dos Santos, el Jefe de la Policía de la Provincia Sandro Martínez, Subdirector General Ascencio López, el Subdirector del Servicio Penitenciario Marcelo Meza y parte de los integrantes de la Plana Mayor.

El encuentro tuvo como eje central la planificación de las actividades para el año 2026, con un enfoque prioritario en el fortalecimiento de las condiciones laborales del personal policial y del Servicio Penitenciario Provincial.

Durante la reunión, se evaluaron proyecciones de acciones destinadas a garantizar el bienestar de los efectivos y la eficiencia operativa de las fuerzas en todo el territorio misionero.
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