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Doble parricidio en Andresito: la Fiscalía pidió prisión perpetua y la defensa la absolución
Se desarrolló hoy en la sala de debates del Tribunal Penal 1 de Eldorado la exposición de alegatos en el marco del juicio por el doble homicidio de Hilario Kirschner (61) y Marta Sachser (54) ocurrido en 2019 en Comandante Andresito. El único imputado es el hijo del matrimonio asesinado, Alejandro Daniel Kirschner.

La audiencia de hoy inició alrededor de las 9 de la mañana. En primer término, fue el fiscal Dr. Federico Rodríguez quien presentó la fundamentación de la solicitud de condena para el acusado. Fue una exposición que duró más de dos horas, cuestión por la cual el presidente del Tribunal, Dr. Atilio León, le preguntó en una oportunidad ‘¿le falta mucho?’ debido a que tenían asuntos que atender de manera urgente.
Hecha la enumeración de los aspectos técnicos de las pruebas, como así también de las testimoniales que apuntaban hacia el hijo de la pareja asesinada como principal y único sospechoso del doble crimen, el Ministerio Público Fiscal afirmó que la muerte violenta de ambos fue provocada por el hijo del matrimonio.
Indicó que el encartado “encuentra responsabilidad en este hecho” y que el asesinato lo perpetró, tras una discusión, utilizando un palo de madera como así también un arma de fuego (rifle calibre 22) que se encontraba en la casa y que él conocía donde se hallaba oculta. Con el palo los golpeó en primera instancia y luego descerrajó dos tiros a cada uno de sus progenitores.
A su padre le disparó en la parte posterior del cráneo estando éste acostado en la cama. Ambos disparos tuvieron orificios de salidas por sobre los párpados, describió la parte acusatoria. En tanto que a su madre le tiró un balazo en el rostro y otro en el abdomen, además del golpe en la cabeza con el palo.

“Quiero dejar asentado acá la crueldad con la que fue llevado a cabo el hecho”, expresó el fiscal Dr. Rodríguez, segundos antes de solicitar la pena de Prisión Perpetua, Accesorias Legales y Costas, por el delito de “Homicidio Calificado por el Vínculo Art. 80 Inc. 1 del Código Penal, agravado por el Uso Violento de Arma de Fuego Art. 41 Bis del Código Penal”.
Cabe acotar que el Ministerio Público Fiscal descartó el delito de portación de arma ya que aseveró que el rifle se encontraba en la vivienda donde se produjo el crimen.
Por su parte, el Abogado Defensor pidió la absolución del encartado alegando su inocencia por la falta de mérito ya que sostiene que en la escena del crimen existían huellas de otra persona, además a las de su defendido, que no fueron debidamente investigadas y que podrían haber orientado la investigación hacia un hecho de robo.

Cabe mencionar que el fallo del Tribunal se conocerá este martes a partir de las 8,30 horas.
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Designan a Luis Aquino como interventor organizador del nuevo municipio “Dos Hermanas”
El gobernador Hugo Passalacqua oficializó la designación de Luis Aquino como interventor organizador del municipio número 79 de Misiones, Dos Hermanas, mediante el Decreto Nº 2323. El nuevo distrito, ubicado en el departamento General Manuel Belgrano, inicia así su proceso de institucionalización tras la sanción de la Ley XV–Nº 24, que prevé la elección de autoridades propias en 2027.
POSADAS. MARTES 11 DE NOVIEMBRE DE 2025. El El gobernador Hugo Passalacqua formalizó el nombramiento de Luis Aquino como “Interventor Organizador” del municipio número 79 de Misiones, Dos Hermanas, mediante la firma del Decreto Nº 2323. La entrega formal del documento estuvo a cargo del ministro de Gobierno, Marcelo Pérez. El nuevo municipio se encuentra en el departamento General Manuel Belgrano, en la zona norte de Misiones.
Luis Aquino tendrá la importante misión de articular, ejecutar y desarrollar todas las acciones necesarias para organizar de manera jurídica, política, contable y administrativa la vida institucional de esta flamante comuna.
La designación se ampara en la Ley XV – Nº 24, sancionada el 15 de mayo de este año, que creó el municipio. Dicha normativa establece que el Poder Ejecutivo Provincial debe nombrar a un interventor hasta que las autoridades elegidas por voto popular asuman sus funciones en las próximas elecciones, previstas para el año 2027.
ANHELADA AUTONOMÍA
Dos Hermanas, una localidad próxima a Bernardo de Irigoyen, cuenta con aproximadamente 11.000 habitantes y una historia que se remonta a 1908 con sus primeros pobladores. Durante mucho tiempo, formó parte del ejido de Bernardo de Irigoyen. Esta pertenencia generaba dificultades para el acceso a recursos y la gestión de servicios debido a la considerable distancia de 11 kilómetros de su casco urbano.
La decisión de municipalizar a Dos Hermanas le otorga la tan esperada autonomía comunal. Esto permitirá una administración más eficiente y cercana a las necesidades de sus habitantes, incluyendo a quienes residen en sus diversas zonas rurales como Piraminí, Tres Vecinos, Laguna Azul, Piedra Blanca y Colonia Itatí.
La asunción de Luis Aquino es, por lo tanto, el primer paso firme y crucial para consolidar esta nueva etapa de independencia y desarrollo de la localidad.
También participaron de la designación, el ministro de Hacienda, Adolfo Safrán; el subsecretario de Asuntos Municipales, José Schiro y el subsecretario de Gobierno, Asuntos Registrales y Tierras, Daniel Behler.

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Caso Schoenfisch: Fue suspendido el debate
El Tribunal Penal Uno de Eldorado votó por unanimidad suspender el debate oral que tiene en el banquillo de acusados a Pablo Schoenfisch (23), hasta que se resuelva la responsabilidad de Arnoldo -hasta ahora una de las víctimas- por su confesión en la jornada uno.
Después de un testimonio comprometido por parte de, según el expediente, una de las víctimas del ataque con arma de fuego perpetrado por Pablo Schoenfisch (23) -quien es juzgado por matar a su madre Faustina Antúnez (56) y herir gravemente a su padre Arnoldo Schoenfisch con disparos en la cabeza-, esta mañana estaba previsto continuar el debate oral.
Sin embargo, el Tribunal Penal Uno de Eldorado conformado por los jueces Adriana Andino, Atilio De León y Eduardo Javier Jourdan, por unanimidad dispuso que el juicio sea suspendido “hasta que se resuelva en sede instructiva la suerte procesal de Arnoldo Schoenfisch”.
En sus argumentos el tribunal consideró que “la confesión merece una nueva mirada por parte del órgano encargado de la instrucción, para evitar eventuales e insalvables nulidades por violación a garantias constitucionales”.
Sobre la decisión, el fiscal Federico Rodríguez calificó como “una falta de respeto” por “esperar tanto tiempo para resolver de esa manera”. En esa línea, sostuvo que las declaraciones fueron sólo mentiras. “Lo que dice Arnoldo no tiene ningún sentido, acá hablamos del delito de calumnia e insisto que fue parte del esquema defensivo”:
En ese contexto, adelantó que dispondrá que la fiscalía de instrucción investigue por falso testimonio y falsedad ideológica. “¿Quién paga los costos ? La única salida que le queda al pobre Arnoldo para no ser condenado por falso testimonio, es probar que él cometió el delito”, señaló, añadiendo que a Arnoldo “lo pusieron en una encrucijada”.
“La defensa tiene eso y una pericia trucha. Lo único que están buscando es dilatar el proceso artificialmente. Correspondía que se siga con los testigos”, concluyó Rodríguez. En contraparte, la defensa representada por los abogados Fabián de Sa y Maria Laura Alvarenga, solicitó la excarcelación de Pablo, mientras continúe el proceso de investigación.
Luego de estas solicitudes, tanto de la fiscalía como de la defensa, el tribunal dispuso que el debate entre en un cuarto intermedio hasta mañana a las 8:30 para informar lo resuelto sobre estos planteos.
FUENTE: EL TERRITORIO
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Desde el SPEPM aseguraron que la desregulación arancelaria es “inaplicable” en Misiones
Tras conocerse el Decreto 787/2025 por el cual se deroga el Decreto N.º 2417/1993 referido al control estatal sobre los aranceles de los establecimientos de educación privada, dispuesto por el Gobierno Nacional, hubo una reacción en la provincia de Misiones para despejar cualquier duda respecto al impacto que ello tendría para los establecimientos educativos y para las familias que envían a sus hijos a ellos.
En primera instancia, se aseguró que el Decreto mencionado es “inaplicable” en Misiones y exhortó a las instituciones a que “deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial”.
En definitiva, las conclusiones vertidas en el comunicado describe los siguientes puntos:
- 1. El Decreto Nacional 787/2025 no resulta aplicable ni vinculante para la Provincia de Misiones en materia de aranceles escolares de instituciones de gestión privada, por hallarse la competencia plenamente transferida y regulada por legislación provincial específica.
- 2. Continúan vigentes la Ley VI-46 (ex Ley 2987), las resoluciones del SPEPM y toda norma local que establezca criterios, montos o procedimientos de fijación de aranceles, sin perjuicio de las disposiciones nacionales de carácter general en materia educativa.
- 3. Los establecimientos de gestión privada deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial.
- 4. Como consecuencia del análisis realizado, se emite la presente explicitando la inaplicabilidad del Decreto 787/2025 en la jurisdicción de Misiones y la vigencia de los mecanismos de control y supervisión provinciales.
El documento completo:
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