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Un estudio afirma que es beneficioso consumir yerba mate durante la lactancia materna
Un estudio científico de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) determinó que es “beneficioso para la salud” el consumo de yerba mate durante el período de la lactancia materna por su aporte de nutrientes, polifenoles y fitoquímicos.
La investigación científica, que se se realizó entre 2013 y 2020, estuvo a cargo de un equipo del Instituto de Investigaciones en Ciencias de la Salud (Inicsa) de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNC y el Conicet, con estudios a 279 mujeres lactantes adultas que transitaban los primeros seis meses posparto.
Cada una otorgó una muestra de 10 mililitros de leche, que fueron sometidos a un análisis bioquímico, a través del cual se analizaron numerosos biomarcadores, detalló el estudio publicado por el sitio de divulgación científica de UNCiencia.
El informe sostuvo que existen diversos mitos sobre las ventajas y contraindicaciones de tomar mate cocido o cebado durante la lactancia, sin embargo “se demostró que los riesgos no son reales”, al sostener que “la evidencia científica dice que incorporar infusiones de yerba en la dieta cotidiana es beneficioso por su aporte de polifenoles (que provienen de los vegetales) y antioxidantes que mejoran la calidad de la leche materna”.
Valentina Cortez, una de las integrantes del equipo de investigación, dijo que en el estudio se indagó el consumo de yerba mate tanto en el estado nutricional de la mujer durante el puerperio, como en la composición de su leche.
n ese sentido añadió que en esa instancia “las mujeres se encuentran sujetas o interpeladas por mucha presión del ambiente laboral, social o sanitario. Muchas veces, el mate es un recurso para socializar, una costumbre”.
Del total de 18 polifenoles detectados en las infusiones de yerba, todos beneficiosos para la salud, 15 fueron ácidos hidroxicinámicos que en su mayoría son sustancias antioxidantes, además de tres flavonoides, que son pigmentos procedentes de los vegetales y que “protegen al organismo de agentes oxidantes, además de actuar como antiinflamatorios naturales”, destacó el estudio.
Con respecto a los macronutrientes lácteos, las proteínas, la glucosa, los triglicéridos y el colesterol “no fueron afectados por el consumo de mate. Del mismo modo, su ingesta no mostró inducción de estrés oxidativo en la leche humana”.
Por otro lado, se destacó como dato alentador que ciertos agentes oxidantes (anión superóxido, los hidroperóxidos, los lipoperóxidos y los nitritos), cuya presencia ya fue establecida en la leche humana en diversas investigaciones previas “no sufrieron alteraciones por la ingesta de mate”.
“Esto es relevante para la salud materno-infantil, dado que esos agentes oxidantes pueden dañar la glándula mamaria, los compuestos de la leche y también a la niña o niño recién nacido, en especial al prematuro, que es más susceptible a sufrir estrés oxidativo”, apuntó Cortez.
A partir de los datos arrojados por el estudio científico, el equipo de investigación promueve la ingesta de infusiones de yerba mate durante la lactancia materna, porque considerar que “no compromete la composición de la leche humana en sus aspectos nutricionales, defensivos y enzimáticos, y resulta potencialmente útil como una fuente relevante de polifenoles bioactivos”.
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Designan a Luis Aquino como interventor organizador del nuevo municipio “Dos Hermanas”
El gobernador Hugo Passalacqua oficializó la designación de Luis Aquino como interventor organizador del municipio número 79 de Misiones, Dos Hermanas, mediante el Decreto Nº 2323. El nuevo distrito, ubicado en el departamento General Manuel Belgrano, inicia así su proceso de institucionalización tras la sanción de la Ley XV–Nº 24, que prevé la elección de autoridades propias en 2027.
POSADAS. MARTES 11 DE NOVIEMBRE DE 2025. El El gobernador Hugo Passalacqua formalizó el nombramiento de Luis Aquino como “Interventor Organizador” del municipio número 79 de Misiones, Dos Hermanas, mediante la firma del Decreto Nº 2323. La entrega formal del documento estuvo a cargo del ministro de Gobierno, Marcelo Pérez. El nuevo municipio se encuentra en el departamento General Manuel Belgrano, en la zona norte de Misiones.
Luis Aquino tendrá la importante misión de articular, ejecutar y desarrollar todas las acciones necesarias para organizar de manera jurídica, política, contable y administrativa la vida institucional de esta flamante comuna.
La designación se ampara en la Ley XV – Nº 24, sancionada el 15 de mayo de este año, que creó el municipio. Dicha normativa establece que el Poder Ejecutivo Provincial debe nombrar a un interventor hasta que las autoridades elegidas por voto popular asuman sus funciones en las próximas elecciones, previstas para el año 2027.
ANHELADA AUTONOMÍA
Dos Hermanas, una localidad próxima a Bernardo de Irigoyen, cuenta con aproximadamente 11.000 habitantes y una historia que se remonta a 1908 con sus primeros pobladores. Durante mucho tiempo, formó parte del ejido de Bernardo de Irigoyen. Esta pertenencia generaba dificultades para el acceso a recursos y la gestión de servicios debido a la considerable distancia de 11 kilómetros de su casco urbano.
La decisión de municipalizar a Dos Hermanas le otorga la tan esperada autonomía comunal. Esto permitirá una administración más eficiente y cercana a las necesidades de sus habitantes, incluyendo a quienes residen en sus diversas zonas rurales como Piraminí, Tres Vecinos, Laguna Azul, Piedra Blanca y Colonia Itatí.
La asunción de Luis Aquino es, por lo tanto, el primer paso firme y crucial para consolidar esta nueva etapa de independencia y desarrollo de la localidad.
También participaron de la designación, el ministro de Hacienda, Adolfo Safrán; el subsecretario de Asuntos Municipales, José Schiro y el subsecretario de Gobierno, Asuntos Registrales y Tierras, Daniel Behler.

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Caso Schoenfisch: Fue suspendido el debate
El Tribunal Penal Uno de Eldorado votó por unanimidad suspender el debate oral que tiene en el banquillo de acusados a Pablo Schoenfisch (23), hasta que se resuelva la responsabilidad de Arnoldo -hasta ahora una de las víctimas- por su confesión en la jornada uno.
Después de un testimonio comprometido por parte de, según el expediente, una de las víctimas del ataque con arma de fuego perpetrado por Pablo Schoenfisch (23) -quien es juzgado por matar a su madre Faustina Antúnez (56) y herir gravemente a su padre Arnoldo Schoenfisch con disparos en la cabeza-, esta mañana estaba previsto continuar el debate oral.
Sin embargo, el Tribunal Penal Uno de Eldorado conformado por los jueces Adriana Andino, Atilio De León y Eduardo Javier Jourdan, por unanimidad dispuso que el juicio sea suspendido “hasta que se resuelva en sede instructiva la suerte procesal de Arnoldo Schoenfisch”.
En sus argumentos el tribunal consideró que “la confesión merece una nueva mirada por parte del órgano encargado de la instrucción, para evitar eventuales e insalvables nulidades por violación a garantias constitucionales”.
Sobre la decisión, el fiscal Federico Rodríguez calificó como “una falta de respeto” por “esperar tanto tiempo para resolver de esa manera”. En esa línea, sostuvo que las declaraciones fueron sólo mentiras. “Lo que dice Arnoldo no tiene ningún sentido, acá hablamos del delito de calumnia e insisto que fue parte del esquema defensivo”:
En ese contexto, adelantó que dispondrá que la fiscalía de instrucción investigue por falso testimonio y falsedad ideológica. “¿Quién paga los costos ? La única salida que le queda al pobre Arnoldo para no ser condenado por falso testimonio, es probar que él cometió el delito”, señaló, añadiendo que a Arnoldo “lo pusieron en una encrucijada”.
“La defensa tiene eso y una pericia trucha. Lo único que están buscando es dilatar el proceso artificialmente. Correspondía que se siga con los testigos”, concluyó Rodríguez. En contraparte, la defensa representada por los abogados Fabián de Sa y Maria Laura Alvarenga, solicitó la excarcelación de Pablo, mientras continúe el proceso de investigación.
Luego de estas solicitudes, tanto de la fiscalía como de la defensa, el tribunal dispuso que el debate entre en un cuarto intermedio hasta mañana a las 8:30 para informar lo resuelto sobre estos planteos.
FUENTE: EL TERRITORIO
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Desde el SPEPM aseguraron que la desregulación arancelaria es “inaplicable” en Misiones
Tras conocerse el Decreto 787/2025 por el cual se deroga el Decreto N.º 2417/1993 referido al control estatal sobre los aranceles de los establecimientos de educación privada, dispuesto por el Gobierno Nacional, hubo una reacción en la provincia de Misiones para despejar cualquier duda respecto al impacto que ello tendría para los establecimientos educativos y para las familias que envían a sus hijos a ellos.
En primera instancia, se aseguró que el Decreto mencionado es “inaplicable” en Misiones y exhortó a las instituciones a que “deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial”.
En definitiva, las conclusiones vertidas en el comunicado describe los siguientes puntos:
- 1. El Decreto Nacional 787/2025 no resulta aplicable ni vinculante para la Provincia de Misiones en materia de aranceles escolares de instituciones de gestión privada, por hallarse la competencia plenamente transferida y regulada por legislación provincial específica.
- 2. Continúan vigentes la Ley VI-46 (ex Ley 2987), las resoluciones del SPEPM y toda norma local que establezca criterios, montos o procedimientos de fijación de aranceles, sin perjuicio de las disposiciones nacionales de carácter general en materia educativa.
- 3. Los establecimientos de gestión privada deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial.
- 4. Como consecuencia del análisis realizado, se emite la presente explicitando la inaplicabilidad del Decreto 787/2025 en la jurisdicción de Misiones y la vigencia de los mecanismos de control y supervisión provinciales.
El documento completo:
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