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El Gobierno modificó la ley de tránsito, el principal cambio se da en la licencia de conducir digital

El Gobierno modificó la Ley de Tránsito 24.449 y lo confirmó a través del Boletín Oficial mediante el decreto 196/2025. Entre los cambios más destacados se encuentra la creación de un nuevo documento y la simplificación de trámites. Además, la licencia en formato digital y físico tendrán la misma validez legal.
Entre las modificaciones que decreta la nueva normativa indica que solo se podrá otorgar una licencia de conducir por persona, detallando las clases habilitadas para lo cual el interesado no deberá estar inhabilitado suspendido por autoridad competente.
La Licencia Nacional de Conducir deberá ser otorgada por la misma jurisdicción que tenga el domicilio del solicitante y, entre lo más destacado, no tendrá la fecha de vencimiento y será válida mientras lo sea la licencia digital. Tampoco será necesaria la renovación al cumplirse el primer año. Esto indica que, de 17 a 65 años, se deberá renovar a los 5 años. También se podrá realizar de manera remota.
En cuanto a lo que corresponde a profesionales, actualmente es hacía renovación a los dos años de 21 a 45 años y ahora será de 21 a 65 años, pero cada cinco. Para esa misma categoría, actualmente se hace el trámite original, renovación y duplicación en el CEL, mientras que, ahora será en prestadores de formación médicos registrados ante la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
Los requisitos en la formación no cambian para los particulares, pero para los profesionales se detalla que el teórico práctico tiene una carga horaria de 20 horas, más las horas de la categoría específica del aspirante, es decir, cuatro horas más que anteriormente. Para la renovación el curso también tiene una mínima de 20hs.
En cuanto al transporte interjurisdireccional anteriormente el trámite y renovación constaba de 2 licencias de conducir, una de porte C, D y/o E y la LiNTi otorgada por nación, ahora se elimina la LiNTi y solo será necesaria la licencia que se otorga en la provincia.
Para las faltas graves lo que cambiará es que, ante cinco o más faltas graves, deberá rendir nuevamente ante exámenes para obtener la renovación. Lo mismo para los profesionales.
Un dato que se agrega sobre el mismo tema indica que “a los conductores principiantes que durante los primeros 2 años tengan infracciones de gravedad constatadas, se les suspenderá la licencia y deberán rendir nuevamente los exámenes”.
1- Importación de autos automática más simple
Se facilita la importación de vehículos en general. Para el caso de las importaciones en serie, que hasta ahora necesitaban la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA), esa documentación ya no será necesaria siempre y cuando sean vehículos que provengan de los considerados “mercados de alta vigilancia”. En ese caso, con la sola presentación de las certificaciones internacionales reconocidas, las mismas Trans-WP29-343, esos vehículos quedarán automáticamente homologados para circular por el territorio argentino.
Para el caso de los autos que no se importarán en serie, sino como operaciones particulares e individuales, se podrá gestionar el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) creado también para importar trailers, remolques y casas rodantes. En este caso, los requisitos se repiten en relación a la certificación internacional de parte del fabricante. El CSV lo emite la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
2- Importación libre de autopartes
Se libera la importación de todo tipo de autopartes vehiculares. A partir de la publicación de este decreto ya no será exigible el Certificado de Homologación de autopartes de Seguridad (CHAS). Ese certificado requería trámites superpuestos con los de las certificaciones internacionales al solo efecto de ser admitidos en Argentina, pero además, esos trámites incluían pruebas técnicas muy costosas que, en su gran mayoría, no se hacían en el país.
3- Eliminación de LiNTI para choferes profesionales
Se confirma la eliminación de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). A partir de ahora, las licencias profesionales de conducir clases C, D y/o E, emitidas por las jurisdicciones que adhieran a las normas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), tendrán validez para el transporte entre las distintas jurisdicciones. Eliminar la LiNTI permite simplificar un doble trámite que se hacía por parte de los transportistas profesionales, que requería sacar dos licencias, la de su propia jurisdicción, y la que le permitía circular por todo el país con cargas y pasajeros.
4- Desregulación de las Revisiones Técnicas
Apertura de las Revisiones Técnicas Obligatorias (RTO), también llamadas Verificación Técnica Vehicular (VTV) o Inspección Técnica Vehicular (ITV) en distintas jurisdicciones. Ahora, siempre que se cumpla con los requisitos a nivel técnico y de instalaciones, se podrán registrar nuevos espacios privados donde hacer las inspecciones, que ahora podrán efectuarse en concesionarios oficiales y talleres autorizados.
Las RTO, tanto las plantas de autos particulares como las de transporte pesado, de cargas y pasajeros, no tendrán una tarifa única oficial en las jurisdicciones que adhieran a esta reforma de la Ley Nacional de Tránsito. Las RTO tendrán una certificación física como es actualmente con una oblea pero también una certificación digital en la plataforma “Mi Argentina”, del mismo modo que hoy se puede exhibir la cédula verde, la licencia de conducir o la autorización de manejo a un tercero.
5- Rutas Nacionales con peaje automático
Las rutas nacionales adoptarán peajes libres de cabinas y con cobro automático. Este programa tendrá un modo de aplicación progresivo que consta de tres etapas. En la primera etapa, que llegará hasta el 31 de diciembre de 2025, al menos una cabina de cada estación de peaje de las rutas nacionales tendrá que tener el sistema de cobro automático conocido como Telepase.
En una segunda etapa, que finaliza el 31 de diciembre de 2026, al menos la mitad de los peajes de todas las rutas nacionales tendrán que tener paso libre tipo “free flow”, sin cabina, y la otra mitad con cabinas pero sin barrera y con pago automático. Finalmente, el 30 de junio de 2027, todas las rutas nacionales deberán tener exclusivamente sistemas free flow.
6- Incorporación de la conducción autónoma
Se adecúa la normativa para permitir la circulación de vehículos de conducción autónoma. Lo que se hace con esta incorporación es aceptar que la conducción pueda no ser realizada por un conductor humano. Si bien todavía el sistema de conducción autónoma en todo el mundo apenas está llegando a aceptar el Nivel 3 (de una escala de cinco niveles), esto sólo ocurre en muy pocos tramos de ciertas rutas en Alemania, Japón y algunos estados norteamericanos.
Adecuar la norma en Argentina, en esta etapa, sólo contempla algo que no estaba incorporado a la legislación del tránsito en la vía pública para cuando en el futuro esa tecnología sea masiva y pueda llegar a todo el mundo.
7- Licencia de conducir sin vencimiento
La Licencia Nacional de Conducir será digital y no tendrá vencimiento. Sólo se requerirá una renovación del estado psicofísico de los conductores, el cual podrá ser emitido sólo por profesionales de organismos públicos o privados, que estén registrados para realizar esa certificación. Desde la primera licencia, la actualización de los datos psicofísicos será necesaria a cada 5 años. Quienes tengan más de 65 años y menos de 70, deberán hacerla cada 3 años. Las personas de más de 70 años lo harán anualmente.
La licencia física continuará emitiéndose sólo como un documento optativo, pero la licencia válida será la de formato digital que se encontrará entre los documentos oficiales de la aplicación “Mi Argentina”. La actualización del estado psicofísico se hará de manera remota y digital e impactará automáticamente en la licencia de conducir digital.
8- Eliminación de la renovación inicial
También se elimina la obligación de renovación al cumplirse el primer año de la licencia de conducir inicial. Sin embargo, si en el transcurso de los dos primeros años un conductor comete infracciones graves, se puede suspender su licencia y el conductor tendrá que rendir el examen completo para recuperarla.
9- Eliminación de la renovación ante cambio de domicilio
Dentro de la reforma que implica la licencia de conducir profesional, queda eliminada también la obligación de renovar la licencia ante un cambio de jurisdicción en el domicilio del titular. Hasta ahora, aun cuando la licencia no hubiera vencido, si un conductor o chofer profesional cambiaba su domicilio en el Documento Nacional de Identidad, por otro en otra ciudad o provincia, debía renovar su licencia de conducir también por una de su nueva jurisdicción.
10- Elevación de estándares de seguridad
El último punto está referido a importaciones de autopartes y cascos de motos. En ambos casos se establecen normas IRAM como estándares de calidad mínima en elementos de seguridad en general y en cascos de motocicletas en particular, promoviendo una circulación más segura en la vía pública.
Actualidad
Diputados aprobó la ley que restringe el uso de los DNU, pero hubo cambios y ahora deberá volver al Senado

Los libertarios ganaron tiempo y un eventual veto presidencial llegará recién después de las elecciones. El artículo de la polémica fue el que establecía un plazo de 90 días para que el Congreso se pronuncie sobre la validez de los decretos.
Los libertarios evitaron este miércoles una derrota total en la Cámara de Diputados y ganaron tiempo. La oposición logró aprobar una ley que limita estrictamente la capacidad de los Presidentes de dictar decretos de necesidad y urgencia (DNU). Sin embargo, un artículo salió rechazado y ahora toda la norma deberá volver al Senado para que allí se defina si acepta los cambios o si insiste con el texto original.
En los días previos a la sesión, desde la Casa Rosada dejaron trascender que el presidente Javier Milei vetaría la norma porque pone en juego la gobernabilidad. En ese sentido, el oficialismo festejó que el trámite parlamentario se prolongue y deje un eventual veto presidencial para después de las elecciones.
En las filas del oficialismo esperan que la finalización de la campaña electoral y un resultado aceptable le permitan recomponer la relación con gobernadores y ex aliados. Así podrá frenar la seguidilla de reveses parlamentarios que viene sufriendo desde hace varios meses.
La nueva ley, que había sido aprobada en el Senado con un amplio consenso que incluyó a referentes del radicalismo, fuerzas provinciales e incluso algunos díscolos del PRO, modifica la ley 26.122 de 2006. Esa ley había sido impulsada por Cristina Fernández, durante el gobierno de Néstor Kirchner.
Entre sus puntos más importantes se destaca que ambas Cámaras se tienen que pronunciar sobre la validez de los decretos para que sean ratificados (en la actualidad sólo se necesita la aprobación de una Cámara). Por lo tanto, la oposición sólo necesitaría juntar una mayoría en una de las Cámaras para invalidar todos los decretos.
Sin embargo, salió rechazado el límite de 90 días corridos para que el Congreso se pronuncie. Según el artículo 3, que se cayó en la votación en particular, si el tema no es tratado dentro ese plazo, los decretos caen.
Por otro lado, establece que cada decreto deberá referirse a un área en particular, con el fin de evitar una mezcla de temas en un solo texto. A modo de ejemplo, los libertarios no podrían volver a firmar un decreto como el 70/23 de desburocratización del Estado, que modificaba cientos de leyes y abarcaba diferentes áreas.
La reforma del régimen de DNU significa una restricción muy contundente del margen de maniobra de un gobierno con minoría parlamentaria, como el de Milei. Si los libertarios no logran sostener un eventual veto presidencial, será prácticamente imposible que el Poder Ejecutivo esquive al Congreso para llevar adelante su plan de gestión. Los consensos mayoritarios se convertirían en un requisito casi ineludible para gobernar, un escenario muy distante al actual y que algunos advierten llevará inevitablemente a una parálisis de gestión.
Para los libertarios, la reforma del régimen de DNU busca “inmovilizar al Poder Ejecutivo” para “debilitar la gobernabilidad”. “El peronismo solo se rige por el oportunismo político”, señaló el diputado de LLA Álvaro Martínez.
En la misma línea, el referente del PRO Damián Arabia recordó que Néstor Kirchner firmó 236 decretos, CFK usó 81, teniendo mayoría en ambas cámaras, y Alberto Fernández, otros 178. “Cuando les tocó gobernar sobreutilizaron los DNU. Y ahora quieren cambiar una ley que estaba hecha a medida para ellos, porque no gobiernan”, dijo y denunció que la oposición está planeando un “bloque institucional” para después de las elecciones porque “si no gobierna el peronismo no quieren que gobierne nadie”.
Por su parte, varios diputados de la UCR coincidieron en que la ley actual “es mala” pero argumentaron que cualquier reforma debería implementarse a partir de 2027. “Lo ideal sería tener esta discusión a fines del 2026, sin saber quién va a gobernar a partir de 2027”, manifestó Martín Tetaz.
En cambio, el diputado de la Coalición Cívica Maximiliano Ferraro planteó que los decretos “han sido la herramienta más destructiva para la libertad que hoy en día algunos dicen defender”. Y arremetió: “Si nosotros no ponemos un límite esto seguirá siendo un viva la pepa, un estado de excepción permanente”.
En las filas libertarias consideran que es posible que el Senado ratifique el texto original, pero al menos la discusión quedará postergada para después de las elecciones legislativas del 26 de octubre.
Actualidad
La Corte Suprema habilitó la extradición de Fred Machado a los Estados Unidos y ahora define el Gobierno

Se trata del empresario acusado de narcotráfico que confesó haber financiado a Espert en 2019. El máximo tribunal rechazó los planteos de la defensa. A partir de ahora, la decisión final sobre el proceso de extradición recae en el Poder Ejecutivo.
El proceso de extradición que involucra al empresario Federico “Fred” Machado quedó confirmado tras la decisión de la Corte Suprema de la Nación, que avaló el pedido formulado por la justicia de Estados Unidos para que el ciudadano argentino sea juzgado por una serie de delitos graves, entre los que se incluyen asociación ilícita, narcotráfico, lavado de activos y fraude electrónico.
El fallo de la Corte fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, y se basa en consdierar que el pedido de extradición formulado por la justicia de los EE.UU. se ajusta a las normas sobre cooperación internacional en materia judicial.
La causa se inició a raíz de la solicitud de extradición presentada por autoridades estadounidenses, que buscan someter a Machado a juicio en el Distrito Este de Texas, donde un Gran Jurado Federal dictó un auto de procesamiento contra él y otras ocho personas.
El expediente detalla que sobre Machado pesan cinco cargos principales. El primero lo acusa de integrar una organización criminal dedicada a la posesión, con intención de distribuir, de al menos cinco kilogramos de cocaína. El segundo y tercer cargos amplían la imputación a la fabricación y distribución de la misma cantidad de droga, con la presunción de que sería importada ilegalmente a Estados Unidos, y lo señalan también como cómplice en la comisión de estos delitos. El cuarto cargo lo vincula a una asociación ilícita para cometer lavado de dinero, mientras que el séptimo lo implica en una conspiración para perpetrar fraude electrónico.
Deportes
Torneo Clausura: Con “Fideo” imparable, Rosario Central le ganó a River y sigue invicto

En el Gigante de Arroyito, el Canalla de Ángel Di María venció 2-1 al Millonario por la fecha 11 del campeoanto, en un duelo correspondiente a la Zona B.
RIVER perdió 2-1 ante ROSARIO CENTRALen el Gigante de Arroyito, por la continuidad de la undécima fecha del Torneo Clausura.
A los 10 minutos de juego abrió el marcador el colombiano Miguel Borja, tras un exquisito pase de su compatriota Juan Fernando Quintero.
Poco tiempo después niveló las acciones Franco Ibarra, a la salida de una pelota parada que River no pudo despejar.
El Millonario volvió a convertir con Miguel Borja pero en este caso no subió al marcador por posición adelantada de Facundo Colidio.
Instantámente fue expulsado Juan Portillo en River por dos amarillas consecutivas que vio luego de no poder controlar a Ángel Di María. Esta expulsión le costó muy caro a las pretensiones del Millonario.
En el segundo tiempo, el local impuso la superioridad numérica y comenzó a desnivelar por los costados, principalmente, por lo que generó el Fideo y fue así, tras un centro del campeón del mundo que fue despejado a medias por Montiel, Ignacio Malcorra desniveló las acciones tras abrir su pie izquierdo y vencer la resistencia de Franco Armani.
Posteriormente, Central tuvo varias opciones para liquidar el pleito, pero no las aprovechó y River tuvo algunas ocasiones sobre el final, incluido un tiro al palo del juvenil Dadín. El Millonario acumuló su tercera derrota consecutiva y quedó en zona de repechaje para la próxima Conmebol Libertadores.
Rosario Central lidera la tabla anual y Boca quedó segundo. El Canalla igualó al Millonario en la zona B, aunque aún debe 45 minutos del duelo frente a Sarmiento.
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