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Nacionales

Prepagas: establecieron un tope a las subas de las cuotas

El Gobierno estableció una nueva fórmula de actualización de las cuotas de las Prepagas mediante la cual, a partir de febrero y durante 18 meses, el incremento del valor de las mismas tendrá como tope máximo el 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

La medida fue publicada este jueves en el Boletín Oficial mediante el decreto 743/2022, que el presidente Alberto Fernández firmó junto a todos sus ministros antes de emprender viaje a Francia.

En ese marco, dispuso además que las prepagas deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias, a partir del 1° de enero de 2023, “idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, un 25% menor al plan sin copagos”.

En los considerandos, el decreto señala que “resulta necesario establecer criterios normativos que regulen las actividades económicas llevadas a cabo dentro del ámbito de la medicina privada, toda vez que, si bien se establecen como relaciones entre privados, por sus características específicas, su debida prestación es considerada un derecho de los consumidores”.

Asimismo, destaca que “es obligación del Estado implementar políticas que desalienten la inercia inflacionaria que afecta el normal desarrollo de las actividades de las empresas y los ciudadanos y las ciudadanas, especialmente a los sectores del trabajo y la producción que se intentan proteger”.

En cuanto a los aumentos, la medida establece que a partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de 18 meses, el incremento del valor de las cuotas de las prepagas, incluidas aquellas que acceden al servicio por derivación de sus aportes obligatorios del sistema de obras Sociales, tendrá como tope máximo el 90% del índice Ripte del mes inmediato anterior publicado.

Esto se aplicará “respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles”, aclara la normativa.

La decisión del Gobierno respecto a las prepagas se da luego de que semanas atrás la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner cuestionara la autorización de un aumento en las cuotas de medicina prepaga que comenzará a regir en diciembre próximo.

“Resulta francamente inaceptable este nuevo aumento, esta vez de dos dígitos (13,8%), que el Gobierno autorizó a las empresas de medicina prepaga, y que, de esta manera, suman el 114% anual de aumento otorgado. O sea, más de un 20% sobre la inflación anualizada”, había escrito la expresidenta en Twitter.

Desde el inicio de 2022, y antes de la creación del nuevo índice, las empresas prestadoras de medicina prepaga aplicaron incrementos autorizados por el Gobierno de 6% en marzo y 6% en abril y luego sumaron un 8% en mayo, 10% en junio, 4% en julio y 11,53% en octubre.

FUENTE: MINUTO UNO.

Actualidad

Desregularon los aranceles de los colegios privados tras 30 años de control y podrán fijar las cuotas sin autorización

Mediante un decreto, derogaron una normativa que regulaba los precios de las matrículas y las cuotas en las escuelas privadas, permitiendo que los institutos fijen los valores sin autorización previa del Estado nacional.

A través del Decreto 787/2025, publicado en la madrugada de este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso la derogación del Decreto 2417/1993, una norma que durante más de tres décadas reguló el sistema de aranceles y la relación entre el Estado y los institutos de educación pública de gestión privada en la Argentina.

La medida implica un cambio en el esquema de control estatal sobre los precios de las cuotas y matrículas que cobran los colegios privados, al eliminar la obligación de comunicar anticipadamente los montos y de obtener autorización previa para cualquier modificación.

Según los fundamentos del decreto, la normativa derogada “presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país”.

El decreto sostiene que el sistema vigente, instaurado en los años 90, respondía a un contexto en el que la administración de la educación dependía del Gobierno nacional. Con la transferencia de competencias a las provincias, el Ejecutivo considera que “corresponde revisar el marco normativo existente para favorecer un entorno más propicio para la gestión de los establecimientos educativos de gestión privada, garantizando así la sostenibilidad de su labor y el derecho a la educación de calidad”.

Entre los argumentos centrales, el decreto advierte que la intervención estatal en la fijación de aranceles “ha generado efectos contraproducentes que afectan su funcionamiento y viabilidad económica”. En particular, señala que la exigencia de informar y autorizar los valores de matrícula y cuotas con antelación “limita su capacidad de adaptación a las fluctuaciones del mercado, impidiendo que estos ajusten sus precios en función de la realidad económica y los costos operativos”.

Por esto mismo, remarcaron que este mecanismo de control de precios “perjudica a las familias, quienes deben enfrentar aranceles educativos más altos desde el inicio del ciclo lectivo, limitando su capacidad de elegir establecimientos de enseñanza adecuados a sus posibilidades económicas y, en algunos casos, obligándolas a trasladar a sus hijos a otras instituciones”.

En ese sentido, el decreto subraya que “el requerimiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada de comunicar los montos de matrícula y de las cuotas con anticipación considerable, junto con la obligación de obtener la autorización estatal previa para modificar dichos valores, crea una situación de incertidumbre económica para los institutos, que suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal”.

El texto también pone el foco en el derecho de propiedad de los institutos privados, al afirmar que “deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados, sin necesidad de autorización estatal”. Según la visión oficial, la previsibilidad y rigidez de las tarifas impuestas por el Estado “puede llevar a una precarización de la calidad educativa, dado que los establecimientos no pueden responder adecuadamente a las variaciones en los costos de insumos, salarios y otros gastos operativos sin antes contar con autorización de la autoridad correspondiente”.

De esta manera, el Gobierno instruyó al Ministerio de Capital Humano para que, a través de la Secretaría de Educación, revise las pautas contenidas en el Decreto 2542/1991 —la norma madre del sistema de financiamiento de la educación privada— y eleve una propuesta de modificación. De este modo, el Ejecutivo busca avanzar hacia un esquema en el que se resguarde el principio de libre contratación, ”permitiendo a las instituciones educativas el derecho a definir sus políticas de precios y compensaciones, en el marco de una competencia leal y en función de las demandas del mercado”.

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Deportes

Torneo Clausura: Boca ganó con claridad el Superclásico y, de yapa, clasificó a la Copa Libertadores

El Xeneize venció 2-0 al Millonario en el Superclásico correspondiente a la 15° jornada del Torneo Clausura de la Liga Profesional 2025 y se clasificó a la Copa Libertadores 2026.

El Xeneize se aseguró la clasificación a la fase de grupos de la Conmebol Libertadores luego de un par de años de ausencia.

Exequiel Zeballos y Miguel Merentiel convirtieron los goles de Boca en el cierre del primer tiempo y en el comienzo del complemento, respectivamente.

River no estuvo a la altura del Superclásico y hasta pudo ser aplastado, aunque el VAR decidió a favor de la visita en dos ocasiones.

En la última jugada del primer tiempo abrió la cuenta Exequiel Zeballos, luego de un rebote que dio Franco Armani. Todo el equipo visitante pidió infracción de Milton Giménez a Paulo Díaz en el inicio del ataque.

En el comienzo del complemento abrió la cuenta Miguel Merentiel luego de aprovechar una jugada en la que quedó muy mal parado River.

Poco tiempo después el delantero uruguayo había estirado las diferencias, aunque el tercero no subió al marcador por posición adelantada evidente.

Nicolás Ramírez había sancionado penal de Franco Armani a Milton Giménez, aunque recibió el llamado del VAR y corrigió su decisión inicial.

El Xeneize lidera en soledad la zona A del Torneo Clausura y se metió en la fase de grupos del máximo certamen continental, con Claudio Úbeda como piloto de tormentas transitorio tras el triste fallecimiento de Miguel Ángel Russo, a quien los hinchas recordaron en todo momento.

River, que sufrió la lesión de Maximiliano Meza y la suspensión por quinta amarilla de Martínez Quarta y Acuña, cerrará la fase regular ante Vélez y quedó muy complicado para clasificarse a la próxima Libertadores.

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Deportes

Copa Argentina: La Lepra Mendocina logró el primer título de su historia

INDEPENDIENTE RIVADAVIA derrotó 5-3 por penales a Argentinos Juniors tras igualar 2-2 en tiempo regular y se coronó campeón de la Copa Argentina. Es el primer título del conjunto mendocino en 112 años de historia, que además se clasificó a la Copa Libertadores, certamen en el que se estrenará en 2026.

El equipo de Alfredo Berti llegó a esta instancia tras dejar en el camino a Estudiantes de Buenos Aires, Platense, Central Córdoba, Tigre y River.

Independiente Rivadavia comenzó mejor el encuentro y a los ocho minutos aprovechó una floja reacción de Chiquito Romero tras un centro desde la derecha de Osella y Arce abrió el marcador de cabeza.

Argentinos emparejó el juego con el correr de los minutos y se adueñó de la pelota, aunque no llevó demasiado peligro al arco defendido por Ezequiel Centurión.

A los 40 minutos, la Lepra se quedó con diez jugadores por la expulsión de Amarfil por doble amonestación.

A los 62′ Villa sacó un contragolpe letal, Matías Fernández enganchó dentro del área y punteó la pelota para definir al primer palo ante un Romero estático que nada pudo hacer para evitar el 2-0.

Lejos de derrumbarse, el Bicho respondió rápidamente. Giaccone habilitó a Lescano y el 10 definió de primera ante el achique de Centurión para achicar la diferencia.

A la media hora de la segunda mitad, Berti se cruzó con López Muñoz y Ramírez expulsó al entrenador de la Lepra, que explotó contra el árbitro y sus asistentes, fue a encararlos y los insultó de arriba a abajo antes de dejar la cancha.

A los 90′, Centurión chocó con Molina y debió dejar la cancha. En su lugar ingresó al arco Gonzalo Marinelli.

Independiente Rivadavia aguantaba como podía y todo se hizo aún más cuesta arriba cuando a los 92′ Osella vio su segunda amarilla y dejó con nueve hombres a su equipo.

En el séptimo de los quince minutos adicionados, Godoy encontró un rebote en la puerta del área chica y no falló: agónico empate 2-2 y definición desde el punto penal.

La Lepra fue infalible desde los doce pasos a pesar de tener en frente a un especialista como Romero y convirtió sus cinco diparos a través de Gómez, Villalba, Retamar, Studer y Villa, quien metió el gol del título.

Antes, Marinelli se había quedado con el remate de Molina en dos ocasiones luego de que el VAR obligara a repetir la ejecución.

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