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Educación

Licenciatura en Administración: las virtudes de la modalidad virtual 

El lunes 22 de abril, la Universidad Gastón Dachary (UGD) da inicio el curso introductorio correspondiente a las carreras Licenciatura en Administración y Licenciatura en Marketing, dos propuestas académicas que desde este año pueden cursarse a través de la modalidad online.

El cursado a distancia se enmarca el diseño planteado en UGD virtual, un modelo cuya finalidad es, según explican desde la institución, “que el estudiante obtenga el título que busca, accediendo a todas las herramientas y equipos de apoyo que disponemos para tal fin”.

Para ello, el equipo de gestión de Educación a Distancia y los docentes de cada carrera, están especialmente preparados para acompañar el desarrollo académico de quienes decidan formarse profesionalmente bajo esta modalidad. Entre estas herramientas y recursos, se ofrece la asignación de un tutor de la UGD, con el cual el estudiante podrá contactarse en cualquier instancia y momento de su trayecto formativo.

Lic. Tania Lichowski, directora de la carrera Licenciatura en Administración

“Este es un valor agregado de la UGD virtual: la modalidad a distancia no implica que el estudiante no pueda sentirse acompañado en todo momento por profesionales. Si bien la ventaja sigue siendo que cada alumno adapta la carrera a sus propios tiempos, hay un equipo que acompaña, contiene y despeja cualquier duda que surja en el proceso, incluso a través de encuentros sincrónicos que no son obligatorios” explicó la Lic. Tania Lichowski, directora de la carrera Licenciatura en Administración.

En este sentido, Lichowski recordó que luego de la experiencia pedagógica impuesta por la pandemia, la dinámica virtual en la UGD comenzó a desarrollarse con la nueva carrera: Licenciatura en Corretaje y Negocios Inmobiliarios, y para este 2024 se incorporaron más propuestas y se fortaleció notablemente la plataforma.

“El modelo pedagógico que implementa este sistema de Educación a Distancia en la UGD, utiliza las más modernas herramientas tecnológicas para desarrollar los procesos de enseñanza y de aprendizaje, garantizando una educación de calidad” añadió la Lic. Lichowski.

“El graduado estará formado en gestión, gerenciamiento y tendrá la capacidad de diseñar, implementar y dirigir organizaciones atendiendo a criterios profesionales de eficiencia y calidad para hacer frente a los distintos desafíos empresariales” resumen desde la UGD con respecto al plan de estudio de la Licenciatura en Administración.

Dicha formación es una carrera con un alto grado de empleabilidad, que permite el desempeño profesional en empresas privadas, públicas o mixtas, ONGs, asociaciones civiles, organismos, federaciones, cámaras empresariales, institutos de formación e investigación, entre otros ámbitos. “Además, el graduado podrá prestar asesoría profesional independiente a todo tipo de organización o emprendedores que necesiten definir u optimizar un modelo de negocio” destacan.

Las inscripciones se encuentran abiertas. Para mayor información, contactarse con la universidad a través de cualquier de sus vías de comunicación WhatsApp: +54 9 (376) 5180053 o ingresar a la web virtual.ugd.edu.ar.

Actualidad

Desde el SPEPM aseguraron que la desregulación arancelaria es “inaplicable” en Misiones

Tras conocerse el Decreto 787/2025 por el cual se deroga el Decreto N.º 2417/1993 referido al control estatal sobre los aranceles de los establecimientos de educación privada, dispuesto por el Gobierno Nacional, hubo una reacción en la provincia de Misiones para despejar cualquier duda respecto al impacto que ello tendría para los establecimientos educativos y para las familias que envían a sus hijos a ellos.

En primera instancia, se aseguró que el Decreto mencionado es “inaplicable” en Misiones y exhortó a las instituciones a que “deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial”.

En definitiva, las conclusiones vertidas en el comunicado describe los siguientes puntos:

  1. 1. El Decreto Nacional 787/2025 no resulta aplicable ni vinculante para la Provincia de Misiones en materia de aranceles escolares de instituciones de gestión privada, por hallarse la competencia plenamente transferida y regulada por legislación provincial específica.
  2. 2. Continúan vigentes la Ley VI-46 (ex Ley 2987), las resoluciones del SPEPM y toda norma local que establezca criterios, montos o procedimientos de fijación de aranceles, sin perjuicio de las disposiciones nacionales de carácter general en materia educativa.
  3. 3. Los establecimientos de gestión privada deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial.
  4. 4. Como consecuencia del análisis realizado, se emite la presente explicitando la inaplicabilidad del Decreto 787/2025 en la jurisdicción de Misiones y la vigencia de los mecanismos de control y supervisión provinciales.

El documento completo:

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Educación

Eldorado: Se realiza una capacitación docente en el Parque Schwelm

Comenzó el Curso de Capacitación Docente “El campamento, un recurso didáctico formativo y recreativo”, en el Parque Schwelm.

Este martes se llevará adelante la segunda jornada del taller, que brindará recursos prácticos y esenciales sobre técnicas de campamento y cabuyería.

Además, se compartirá información sobre la legislación y normativa vigente para la organización de campamentos educativos, primeros auxilios, y juegos y actividades lúdicas en el campamento.

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Actualidad

Desregularon los aranceles de los colegios privados tras 30 años de control y podrán fijar las cuotas sin autorización

Mediante un decreto, derogaron una normativa que regulaba los precios de las matrículas y las cuotas en las escuelas privadas, permitiendo que los institutos fijen los valores sin autorización previa del Estado nacional.

A través del Decreto 787/2025, publicado en la madrugada de este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso la derogación del Decreto 2417/1993, una norma que durante más de tres décadas reguló el sistema de aranceles y la relación entre el Estado y los institutos de educación pública de gestión privada en la Argentina.

La medida implica un cambio en el esquema de control estatal sobre los precios de las cuotas y matrículas que cobran los colegios privados, al eliminar la obligación de comunicar anticipadamente los montos y de obtener autorización previa para cualquier modificación.

Según los fundamentos del decreto, la normativa derogada “presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país”.

El decreto sostiene que el sistema vigente, instaurado en los años 90, respondía a un contexto en el que la administración de la educación dependía del Gobierno nacional. Con la transferencia de competencias a las provincias, el Ejecutivo considera que “corresponde revisar el marco normativo existente para favorecer un entorno más propicio para la gestión de los establecimientos educativos de gestión privada, garantizando así la sostenibilidad de su labor y el derecho a la educación de calidad”.

Entre los argumentos centrales, el decreto advierte que la intervención estatal en la fijación de aranceles “ha generado efectos contraproducentes que afectan su funcionamiento y viabilidad económica”. En particular, señala que la exigencia de informar y autorizar los valores de matrícula y cuotas con antelación “limita su capacidad de adaptación a las fluctuaciones del mercado, impidiendo que estos ajusten sus precios en función de la realidad económica y los costos operativos”.

Por esto mismo, remarcaron que este mecanismo de control de precios “perjudica a las familias, quienes deben enfrentar aranceles educativos más altos desde el inicio del ciclo lectivo, limitando su capacidad de elegir establecimientos de enseñanza adecuados a sus posibilidades económicas y, en algunos casos, obligándolas a trasladar a sus hijos a otras instituciones”.

En ese sentido, el decreto subraya que “el requerimiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada de comunicar los montos de matrícula y de las cuotas con anticipación considerable, junto con la obligación de obtener la autorización estatal previa para modificar dichos valores, crea una situación de incertidumbre económica para los institutos, que suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal”.

El texto también pone el foco en el derecho de propiedad de los institutos privados, al afirmar que “deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados, sin necesidad de autorización estatal”. Según la visión oficial, la previsibilidad y rigidez de las tarifas impuestas por el Estado “puede llevar a una precarización de la calidad educativa, dado que los establecimientos no pueden responder adecuadamente a las variaciones en los costos de insumos, salarios y otros gastos operativos sin antes contar con autorización de la autoridad correspondiente”.

De esta manera, el Gobierno instruyó al Ministerio de Capital Humano para que, a través de la Secretaría de Educación, revise las pautas contenidas en el Decreto 2542/1991 —la norma madre del sistema de financiamiento de la educación privada— y eleve una propuesta de modificación. De este modo, el Ejecutivo busca avanzar hacia un esquema en el que se resguarde el principio de libre contratación, ”permitiendo a las instituciones educativas el derecho a definir sus políticas de precios y compensaciones, en el marco de una competencia leal y en función de las demandas del mercado”.

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