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Bosques Nativos: el proyecto de presupuesto nacional 2024 le asigna apenas el 7,37% de lo que le correspondería a la Ley de Bosques
En Argentina contamos con una herramienta fundamental para la protección de nuestros bosques: la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, sancionada en 2007 con el objetivo de planificar el uso de estos ecosistemas y lograr equilibrar producción y conservación de la naturaleza. Sin embargo, en todos estos años, su implementación ha sido parcial y nunca contó con el total del presupuesto que debería asignarse, tanto para el control, monitoreo y vigilancia, como para estimular el uso sustentable y la restauración.
El Proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Fiscal del Año 2024 ha sido presentado por el Poder Ejecutivo para su tratamiento en el Congreso de la Nación. Si bien existe una discrepancia entre las planillas Anexas y el Artículo 17 del Proyecto de Ley (donde las partidas aparecen invertidas), se puede entender que se asigna al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos un monto de $15.004.325.000 (quince mil cuatro millones trescientos veinte cinco mil pesos) y al Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos un monto de $1.500.480.600 (mil quinientos millones cuatrocientos ochenta mil seiscientos pesos). Sin embargo, el presupuesto estipulado corresponde apenas al 7,37% de lo que debiera destinarse para la protección de nuestros bosques, si la ley se cumpliera correctamente.
En su artículo 31, la Ley de Bosques estipula que el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos estará integrado por las partidas presupuestarias que no podrán ser inferiores al 0,3% del presupuesto nacional. Ese 0,3% para 2024 debiera ser de 203.532.806.865 (doscientos tres mil quinientos treinta y dos millones ochocientos seis mil ochocientos sesenta y cinco), una cifra que difiere bastante de los 15.004 millones estipulados en este proyecto. El Fondo también debería recibir el 2% del total de las retenciones a las exportaciones de productos primarios y secundarios provenientes de la agricultura, ganadería y sector forestal, correspondientes al año anterior del ejercicio en consideración.
Manuel Jaramillo, director general de Fundación Vida Silvestre afirma: “Según el ordenamiento territorial de bosques nativos, Argentina cuenta con más de 50 millones de hectáreas de bosques en toda su extensión, que no pueden cuidarse con un presupuesto de 15.004 millones de pesos al año. En definitiva, estamos pensando que 300 pesos alcanzan para cuidar una hectárea de bosque un año completo, un aproximado de 25 pesos por mes por hectárea. Lo que venimos pidiendo año tras año es que se cumpla la Ley de manera correcta. Sin el adecuado estímulo financiero, las provincias se ven imposibilitadas de fortalecer su capacidad de fiscalización, control y vigilancia. Por otro lado, los propietarios de áreas con bosques nativos no reciben estímulos para desarrollar el uso sustentable o compensaciones por las áreas que deben destinarse exclusivamente a la conservación”.
Si bien al principio la Ley de Bosques fomentó una disminución progresiva en la tasa anual de deforestación en la Argentina -estabilizándose hasta el año 2019- en los últimos años volvió a incrementarse, en gran medida producto de la frecuencia e intensidad de los incendios forestales. Los bosques nativos de Argentina siguen perdiéndose en zonas donde está prohibida la deforestación, en las cuales se avanza con el cambio de uso del suelo para actividades agropecuarias, forestales, urbanísticas y viales. A su vez, las áreas deforestadas ilegalmente y las que se han quemado, no están siendo restauradas como indica la ley, y la ausencia de un registro nacional de infractores limita las posibilidades de articular esta información con otros elementos de la política pública, que permita facilitar la disuasión y la sanción de los responsables.
Los bosques nativos son proveedores de servicios ecosistémicos esenciales: contribuyen a la mitigación y adaptación al cambio climático, facilitan la regulación hídrica, son hábitat de miles de especies, dan sustento a la vida de las comunidades locales y contribuyen a la seguridad alimentaria y el desarrollo económico. Son proveedores de materias primas, alimentos, agua potable, medicinas y sirven como reguladores de eventos extremos como inundaciones, la erosión y la calidad del aire. Además, los bosques son hábitat de muchas especies y funcionan como “amortiguadores” de agentes patógenos -como virus y bacterias- que pueden afectar al ser humano. La pérdida de bosques ocasiona graves consecuencias sociales, ambientales y económicas, muchas veces, irreversibles, que atentan contra la salud y el bienestar de las personas y de muchas otras especies.
“Conservar y utilizar sustentablemente los bosques nativos argentinos, es una obligación legal y una oportunidad para el verdadero desarrollo económico y social de las diversas jurisdicciones del país y de las personas que en ellas habitan. Es necesario que exista la voluntad política apropiada para el cumplimiento de esta norma en todos los niveles, la capacidad profesional, técnica y logística para su implementación y monitoreo, y la asignación de los fondos y los recursos correspondientes que permitan lo anteriormente mencionado. Aún estamos a tiempo de transformar esta ley en un modelo de gestión y gobernanza que trascienda las fronteras nacionales” agrega Manuel Jaramillo, director general de Fundación Vida Silvestre Argentina.
¿Cuáles son los principales problemas de implementación que enfrentó la ley desde su sanción?
La desfinanciación sistemática de la Ley: aunque desde la sanción de la ley las partidas presupuestarias en general han aumentado en valores absolutos, no ha habido un período donde el presupuesto asignado por el Congreso Nacional se correspondiera con lo que expresamente la norma establece. Desde 2014, la ley recibe no más del 10% de lo que corresponde. Los aumentos en valores absolutos no permiten aún una reducción significativa de la brecha entre lo que asigna y lo que la propia ley indica que debería asignarse año a año para la protección y manejo sustentable de nuestros bosques.
Dificultades en los procesos de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN): tanto en su elaboración como actualización, han sido y continúan siendo procesos lentos y con deficiencias que incluyen el incumplimiento de estándares determinados por la Ley, como, por ejemplo: fallas en la participación ciudadana requerida, retrasos de tiempos y falta de progresividad en la protección de los bosques.
Falta de definición de metas, indicadores y evaluación de impactos: la ley establece que se deben adoptar metas cuantitativas para la protección de bosques nativos y formas de medir su progreso y logro. Durante el 2022 el consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA), emitió una resolución por la cual cada jurisdicción debe desarrollar Planes Estratégicos Provinciales de Bosques Nativos y sus respectivos Planes Estratégicos Anuales actualizados para acceder a las asignaciones presupuestarias anuales. Estos planes han sido presentados, resta ahora analizar si cuentan con metas e indicadores que permitan evaluar su impacto a corto, mediano y largo plazo.
La deforestación ilegal persiste: a pesar de la implementación del Sistema de Alerta Temprana de Deforestación, es preocupante que alrededor del 76% de la deforestación ocurra en zonas prohibidas por la ley (amarillas y rojas), Esto evidencia la falta de control y fiscalización en terreno, y las sanciones insuficientes por parte de las autoridades competentes que se reflejan en la ausencia de un registro nacional de infractores actualizado. Algunos sectores indican la necesidad de una prohibición total de la deforestación, lo cual sería de dudosa eficacia, ya que en los sectores donde la deforestación está prohibida hace más de 10 años sigue ocurriendo, sin mayores consecuencias para los responsables. No ha habido avances en la tipificación del delito penal ambiental que permita mayores sanciones a quienes deforestan, ni se ha avanzado significativamente en la restauración de las áreas deforestadas y quemadas, como determina a Ley.
Avances en la gestión y rendición de fondos: si bien la rendición de los fondos por parte de las Autoridades Locales de Aplicación es una cuestión que ha mejorado desde su creación y puesta en marcha, continúan habiendo demoras y problemas para una eficiente implementación y rendición de fondos.
¿Cuáles son los espacios de mejora en el marco de esta ley?
La correcta aplicación de la Ley de Bosques es el primer paso –y lo mínimo que deberíamos hacer- para proteger los bosques nativos. Pero también es importante ir más allá de la ley y asumir compromisos superadores que permitan conservar no sólo los bosques, sino también las culturas asociadas a ellos, la biodiversidad, y los servicios ambientales.
El refuerzo de las estructuras de control y fiscalización, el aumento en la capacitación y profesionalización de operarios forestales, agentes de conservación, técnicos de campo, responsables técnicos y funcionares públicos será central para avanzar en los desafíos que demanda la correcta implementación de la Ley.
La buena gobernanza, basada en el acceso a la información en tiempo y forma para los diversos grupos de interés permitirá la genuina participación en los procesos de revisión de las diferentes instancias de implementación de la Ley, desde la realización y audiencias públicas de Estudios de Impacto Ambiental a los procesos de revisión de los Ordenamientos Territoriales de los bosques nativos en las diversas Jurisdicciones.
Fundación Vida Silvestre Argentina trabaja apoyando y monitoreando la Ley de Bosques Nativos desde su diseño, hasta su implementación, así como también evaluando su funcionamiento y propiciando propuestas de mejora. Es por eso que, a partir de pedidos de información pública ambiental a la autoridad nacional de aplicación, más un exhaustivo análisis y recopilación de información, se desarrollaron fichas infográficas descargables para exponer las principales disposiciones de la Ley 26.331 y su situación actual, tanto a nivel nacional como provincial, con toda la información (perfil territorial de cada provincia, hectáreas deforestadas, especies en peligro, hectáreas bajo planes de manejo o conservación, el presupuesto correspondiente y el asignado y más). Las fichas buscan graficar la información y ser material de consulta y comparativo para diferentes actores clave y la presente actualización incluye la proyección de asignación de fondos para el año 2023, provincia por provincia.
Tenemos la necesidad y la urgencia de recuperar y conservar nuestros bosques. Reducir la deforestación también es parte de las soluciones basadas en la naturaleza para la mitigación y la adaptación a los efectos del cambio climático, cumpliendo el compromiso presidencial de carbono neutralidad para el 2050 y respetando lo acordado en París en el año 2015. Es hora de asumir los compromisos y salvar nuestros bosques. Conservarlos es esencial para preservar nuestra salud, bienestar y supervivencia.
Nacionales
Ley de Modernización Laboral: Milei promulgó la reforma del mercado de trabajo
El presidente Javier Milei promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, sancionada por el Congreso de la Nación el 27 de febrero pasado, mediante el Decreto 137/2026. La norma introduce modificaciones profundas al régimen laboral argentino, con cambios que abarcan desde la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 hasta el sistema de convenios colectivos, servicios mínimos en conflictos y la creación de nuevos fondos de contingencia.
La promulgación fue firmada también por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
Cambios en el contrato de trabajo
La ley modifica el ámbito de aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo, excluyendo expresamente a los trabajadores independientes, a los prestadores de plataformas tecnológicas y a las personas privadas de libertad.
También redefine el concepto de trabajo como “toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración”, y limita la presunción de relación de dependencia cuando se emitan facturas o se acrediten pagos bancarios.
Indemnizaciones y despido
El nuevo artículo 245 establece que la indemnización por despido sin causa equivale a un mes de sueldo por año de antigüedad, calculada sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. Define como “habitual” a los conceptos devengados al menos seis meses en el último año calendario.
La norma incorpora además que la indemnización por despido “constituye la única reparación procedente frente a la extinción sin justa causa”, impidiendo acciones civiles o extracontractuales paralelas, salvo en casos de ilícitos penales.
Fondo de Asistencia Laboral
Uno de los ejes centrales de la reforma es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), patrimonios separados que los empleadores deberán constituir para hacer frente a obligaciones indemnizatorias. Las contribuciones mensuales obligatorias serán del 1% para grandes empresas y del 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), calculadas sobre las remuneraciones base del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Los fondos serán administrados por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV), y entrarán en vigencia el 1° de junio de 2026, con posibilidad de prórroga de seis meses por parte del Poder Ejecutivo Nacional.
Los empleadores que integren el FAL tendrán una reducción equivalente en sus contribuciones patronales a la seguridad social, según confirmó la Agencia Noticias Argentinas.
Plataformas tecnológicas
La Ley 27.802 incorpora un régimen específico para prestadores de servicios de movilidad de personas y reparto a través de plataformas digitales, estableciendo que son trabajadores independientes y no en relación de dependencia.
Las plataformas deberán proveerles un seguro de accidentes personales, acceso a capacitaciones y mecanismos digitales de atención a reclamos. Los prestadores tendrán libertad de horario, de conexión y de rechazo de pedidos.
Servicios mínimos en conflictos colectivos
La norma eleva el piso de servicios mínimos obligatorios en huelgas que afecten servicios esenciales al 75% de la prestación normal, y al 50% en actividades de importancia trascendental.
Se amplía la lista de servicios esenciales para incluir telecomunicaciones, recolección de residuos, aeronáutica comercial y seguridad privada. En las actividades trascendentales se incorporan el transporte terrestre, la industria alimenticia en toda su cadena de valor, los servicios bancarios y financieros, y las actividades comprometidas con exportaciones.
Convenios colectivos y sindicatos
En materia de negociación colectiva, la ley modifica la Ley N° 14.250 para establecer que los convenios vencidos solo mantienen vigentes sus cláusulas normativas hasta que se suscriba uno nuevo. Las cláusulas obligacionales solo se prorrogan por acuerdo de partes.
Se limitan también los aportes a organizaciones sindicales y patronales establecidos en convenios: los destinados a cámaras empresariales no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones, mientras que los dirigidos a asociaciones de trabajadores tendrán un tope del 2%, sin contar las cuotas de afiliación.
Formalización laboral y beneficios fiscales
La ley crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), con vigencia de un año desde el segundo mes posterior a la promulgación. Los empleadores que incorporen trabajadores no registrados o desempleados pagarán una alícuota reducida del 2% en contribuciones patronales para los primeros cuatro años de la nueva relación laboral.
Se establece también el Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER), que permite regularizar relaciones laborales existentes con condonación de deudas de hasta el 70% del total adeudado a la seguridad social.
En materia impositiva, la norma crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), que habilita amortización acelerada en el impuesto a las ganancias y devolución anticipada de créditos fiscales en el IVA para inversiones productivas de micro, pequeñas y medianas empresas.
Derogaciones y transferencia judicial
A partir del 1° de enero de 2027 quedarán derogados los estatutos especiales de viajantes de comercio (Ley 14.546), periodistas (Ley 12.908) y trabajadores del vidrio, entre otros, que pasarán a regirse por el régimen general.
Asimismo, la norma aprueba el acuerdo de transferencia de la Justicia Nacional del Trabajo al fuero laboral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripto entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el 9 de febrero de 2026. Las causas en trámite continuarán bajo la normativa vigente hasta que concluya el proceso de transferencia.
Agencia Noticias Argentinas
Actualidad
Aumentan los DNI, pasaportes y otros trámites: cuáles son los nuevos valores del RENAPER
Esta actualización en el cuadro tarifario comenzará a regir a partir del próximo 6 de marzo y tiene por objetivo sostener la prestación eficiente de los servicios brindados.
El Ministerio del Interior publicó este martes el nuevo cuadro tarifario de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (RENAPER), organismo que depende de la Secretaría de Interior. Esta actualización alcanzará a los DNI, pasaportes y demás trámites.
La Resolución 19/2026 dejó sin efecto los artículos 2° de las Resoluciones N° 93 del 26 de febrero de 2025 y N° 231 del 30 de mayo de 2025, ambas dictadas por la entonces Vicejefatura de Gabinete del Interior. El objetivo principal es actualizar las tasas que percibe el RENAPER por la expedición de documentos, certificados, testimonios y otros servicios, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 17.671 y sus modificaciones.
De acuerdo con lo establecido, esta actualización comezará a regir a partir del próximo 6 de marzo y responde a la necesidad de sostener la prestación eficiente de los servicios brindados por el RENAPER, considerando el uso creciente de herramientas digitales y la demanda de servicios de validación de identidad.
Este esquema de los valores alcanza a trámtites como los siguientes: ña expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI), servicios de validación digital y otros procedimientos, diferenciando entre personas argentinas y extranjeras.
En simultáneo, mediante la resolución 106/2026 del RENAPER, también se actualizaron los montos para la tramitación del pasaporte.
Uno por uno, los nuevos valores
Para personas argentinas, el primer DNI para recién nacidos seguirá siendo sin cargo hasta los seis meses. Por otro lado, el primer ejemplar de DNI por carta de ciudadanía u opción de nacionalidad, así como las actualizaciones a los cinco, ocho y catorce años, tendrán un costo de $10.000 por trámite.
Los nuevos ejemplares —ya sea por cambio de domicilio, rectificación de datos o adopción— también costarán $10.000. Los servicios exprés para obtener el DNI en menor plazo tendrán recargos: el trámite exprés costará un adicional de $16.000 (total $26.000), la modalidad 24 horas suma $31.000 (total $41.000) y el trámite al instante, disponible solo en oficinas habilitadas, tiene un adicional de $47.000 (total $57.000).
En el caso de personas extranjeras, la primera identificación y las actualizaciones principales tendrán un valor de $20.000. Esto aplica a ciudadanos del MERCOSUR y de otros Estados, tanto para menores de 14 años como para mayores con residencia temporaria o permanente. Los trámites de actualización, rectificación o cambio de domicilio para extranjeros también tendrán un costo de $20.000 por cada gestión.
El esquema tarifario incorpora valores para servicios digitales vinculados a la validación de identidad y verificación de datos. Por ejemplo, la verificación de vigencia de DNI, validación de datos, o avisos de fallecimiento —mediante tecnología API REST y acuerdos con organismos— tiene un costo escalonado: $60 por transacción hasta 40.000 operaciones mensuales, $35 por transacción para volúmenes entre 40.000 y 2 millones, y $20 para consumos superiores a 2 millones de transacciones. La prueba de vida pasiva y la verificación de pasaporte tienen una tarifa de $70 cada una. Para los establecimientos de la Administración Pública Nacional, estos servicios se ofrecen a tarifas reducidas, desde $2 hasta $7 por transacción, dependiendo del tipo de servicio y el volumen mensual.
Entre los otros trámites se establecen valores para copias autenticadas de constancias y suministros de información especializada, con tarifas de $8.000 y $9.000, según el caso. El nuevo ejemplar de DNI por errores formales de emisión, pasados noventa días de la entrega inicial, costará $10.000. La rectificación de datos sin emisión de DNI será sin cargo. Los peritajes sobre el Documento Nacional de Identidad tienen valores de $15.000 para informe forense y $8.000 para informe simple.
La fabricación de credenciales diplomáticas y no diplomáticas, consulares, de misiones especiales y de organismos internacionales costará $31.000. La autorización de viaje al exterior para menores de dieciocho años con pasaporte ordinario tendrá un costo de $30.000.
El cuadro tarifario contempla exenciones. No abonarán tasa los organismos públicos que requieran documentos en el marco de sus funciones, ni las personas sin recursos económicos ni sus hijos menores de dieciocho años o personas a cargo con capacidades restringidas. También están exentos quienes tramiten nuevo ejemplar de DNI por errores formales de emisión dentro de los noventa días de la entrega, quienes soliciten rectificación registral de sexo, cambio de nombre de pila, clasificación género “X” y la consecuente expedición del DNI, así como las personas que soliciten el certificado de pre-identificación por carecer de DNI y acta de nacimiento, y quienes gestionen el primer ejemplar por inscripción tardía.
El costo para obtener un pasaporte ordinario en Argentina con entrega regular asciende actualmente a $100.000, según se informó oficialmente. Para quienes requieren el documento con mayor urgencia, existen opciones adicionales: el trámite exprés implica un arancel extra de $100.000, sumando un total de $200.000; mientras que la tramitación de resolución inmediata implica un arancel adicional de $230.000, lo que lleva el costo total a $330.000.
El pasaporte excepcional para extranjeros, el documento de viaje para personas apátridas y el documento de viaje para personas refugiadas presentan el mismo valor de $100.000 cada uno. Esta actualización de tarifas se encuentra vigente para todos los casos mencionados y responde a disposiciones emitidas por las autoridades migratorias nacionales.
En cuanto a la reposición de pasaportes o documentos de viaje solicitados por errores formales de emisión, se estableció que no habrá costo siempre y cuando la solicitud se realice dentro de los noventa días corridos a partir de la fecha de entrega del documento original. Esta excepción solo aplica a fallos formales detectados en el proceso de emisión y no a otros motivos de reemplazo.
Actualidad
Milei abrió el periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Nación
El Presidente realizó este domingo su clásica cadena nacional ante la Asamblea Legislativa para inaugurar las sesiones ordinarias del Congreso. Fue un discurso confrontativo con ajenos y propios, sin anuncios de obras ni inversiones, pero sí cargadas de más reformas. Además, destacó que continuará fortaleciendo su actual política exterior.
El presidente Javier Milei habló, en el marco de la Asamblea Legislativa por la inauguración del 144° período de sesiones ordinarias del Congreso de la Nación que fue trasmitida en cadena nacional.
Durante su alocución prevalecieron las chicanas y fuertes epítetos hacia la oposición, como así también evidenció la profunda interna que mantiene con la vicepresidente de la nación, y presidente del Senado, Victoria Villarruel.
En cuanto a anuncios realizados se destacan las reformas que deberán ser tratados durante el transcurso de este año en el Congreso. Las mismas se pueden enumerar de la siguiente manera:
Reforma del Código Aduanero: El Presidente anticipó la modificación de esta normativa con el objetivo de “adecuarlo a nuestros nuevos desafíos”.
Tratados Internacionales: En materia de inserción global, aseguró que la Argentina avanzará para integrarse “a los tratados internacionales necesarios”.
Código Civil y Comercial: Confirmó el impulso de una reforma profunda sobre la legislación que regula los vínculos y contratos entre los particulares.
Código Procesal: Adelantó que también enviarán un proyecto para modificar las normativas de los procesos judiciales.
Nuevas garantías: Por último, anunció el envío de “un paquete de leyes destinado a proteger los derechos fundamentales de los argentinos”.
Como era de esperarse, el Presidente de la Nación no hizo anuncios de obras públicas ni de ningún otro tipo de inversión.
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