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Alcohol Cero: La Ordenanza fue vetada por omisiones en la misma que impiden su implementación
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La ordenanza Nª 155/2022 que establece la tolerancia cero del alcohol en sangre en el ejido municipal de Eldorado, fue vetada por la Vice Intendente Olinda Tucholke , a cargo del ejecutivo por licencia del Intendente Dr. Fabio Martínez, tras un análisis técnico que estableció la imposibilidad de su implementación como consecuencia de algunas omisiones en la redacción de la norma proveniente del cuerpo legislativo.
Desde el Ejecutivo Municipal se coincide con el espíritu que persigue la ordenanza que reduce la tolerancia a cero del alcohol en sangre, y a continuación se comparte lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos, que indica las omisiones de la norma que impiden su aplicación.
Los fundamentos del veto son los siguientes:
El ARTÍCULO 1º) establece PROHIBIR en el ejido de la Ciudad de Eldorado la conducción de cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre, no se verifica en el texto de la norma que la misma DEROGUE la ORDENANZA Nº 159/2009 que establece la adhesión en la parte pertinente a la Ley Provincial de Transito Nº 4511 – Actualmente Ley XVIII Nº 29, que al adherir parcialmente a la Ley Nacional de Transito Nº 24.449 establece un límite de tolerancia al porcentual del alcohol en sangre del 0,5 %.
El ARTICULO 48 de la Ley Nacional de Transito Nº 24.449 — PROHIBICIONES. Está prohibido en la vía pública: a) Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre.
Para quienes conduzcan motocicletas o ciclomotores queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre. Para vehículos destinados al transporte de pasajeros de menores y de carga, queda prohibido hacerlo cualquiera sea la concentración por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario. (Inciso sustituido por art. 17 de la Ley N° 24.788 B.O. 03/04/1997)
La Ordenanza expresamente debió indicar que DEROGA parcialmente, en la parte pertinente la adhesión Ley Provincial de Transito Nº 4511 – Actualmente Ley XVIII Nº 29 en cuanto al porcentual de tolerancia, que deriva de la adhesión de la norma provincial a la norma nacional. Al no verificarse la modificación al régimen provincial, como toda técnica legislativa ordenada aconseja, existe una superposición normativa que podría ser cuestionada por cualquier presunto infractor.
En tanto que el ARTÍCULO 2º) de la ordenanza en análisis señala: ESTABLECER para los casos en los que el resultado arroje entre 0 y 0,5 miligramos de alcohol por litro de sangre, el infractor podrá solicitar la realización de una nueva prueba de alcoholemia a los diez (10) minutos de efectuada la primera. En caso de discrepancia en los resultados, se continuará con el procedimiento establecido en la norma vigente en la materia. Del análisis de la legislación aplicable corresponde indicar que no existe ningún procedimiento legal previsto para zanjar esa situación.
El ARTÍCULO 3°) de la Ordenanza Nº 155/2.022 señala: EN caso de incumplimiento a lo establecido en el Artículo 1°) de la presente Ordenanza se aplicarán las sanciones dispuestas en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, sus modificatorias y su decreto reglamentario. La Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 – texto vigente – no prevé ninguna sanción para el nuevo encuadre (alcohol cero). El Decreto 242/2022 que reglamenta la ley nacional señala en su:
ARTÍCULO 67.- Reglamentación del artículo 48, inciso a) de la Ley N° 24.449.- ‘1- Por conducir con variaciones psicofísicas permanentes a las tenidas en cuenta al momento de la habilitación, será sancionado con multa desde 100 U.F. hasta 300 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CUATRO (4) puntos. 2-
Por conducir cualquier tipo de vehículo con alcohol en sangre con valores por encima del límite permitido para cada categoría, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 1.000 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DIEZ (10) puntos. 3- Por conducir motocicletas o ciclomotores con alcohol en sangre con valores por encima del límite permitido para cada categoría, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 1000 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DIEZ (10) puntos. 4-
Por conducir vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores y de carga con alcohol en sangre con valores por encima del límite permitido para cada categoría, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 1.000 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DIEZ (10) puntos. 5- Por conducir bajo los efectos de estupefacientes o medicamentos que alteren los parámetros normales para la conducción segura, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 1000 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DIEZ (10) puntos.
La conducta sancionada es la prevista en el artículo 48, inciso a) de la Ley N° 24.449 que sanciona la conducir cualquier conductor con un resultado en la alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre. Para quienes conduzcan motocicletas o ciclomotores queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre. Toda norma de carácter represivo – como es la ordenanza en análisis – debe tener no solo bien determinada la conducta sancionada, sino también la pena a imponerse.
El principio de legalidad implica la prohibición de la analogía en el derecho penal y en toda norma que impone que pretende imponer una sanción. La analogía consiste en la aplicación de una norma a un supuesto que no está recogido en la ley o su espíritu, pero presenta semejanzas a los supuestos que dicha norma comprende. La analogía se encuentra prohibida en nuestro ordenamiento jurídico porque afecta la garantía constitucional prevista en el Art. 18 de la Constitución Nacional. La ordenanza tampoco prevé el secuestro del vehículo, retención de la licencia, etc., las contra pruebas u otra metodología para dirimir controversia con relación a la lectura que indique porcentuales cercanos al grado cero.
Por lo expuesto queda en evidencia la imposibilidad de implementar la ORDENANZA Nº 155/2.022, sancionada el día 29 de diciembre de 2.022 (Tolerancia cero de alcohol en sangre como requisito para conducir cualquier tipo de vehículos) por las omisiones y defectos de que adolece, por lo que, corresponde el veto total de la ordenanza, solicitando al cuerpo deliberativo reelabore la ordenanza teniendo en cuenta el proyecto de ley nacional que ya cuenta con media sanción y la Ordenanza XVI Nº 58 de la Ciudad de Posadas, que establecen clara e inequívocamente la sanción y el procedimiento a llevar a cabo en caso de detectarse una infracción.
Ello es necesario para evitar situaciones conflictivas y controversiales que impidan al personal de la Dirección de Tránsito y Transporte al llevar a cabo el procedimiento y también para su posterior juzgamiento. El Departamento Ejecutivo a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos elaboro un proyecto alternativo que será remitido al Concejo Deliberante para su tratamiento.
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Cultura y turismo: vacaciones de Invierno en Eldorado
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Este viernes se realizó la presentación de actividades artísticas y turísticas que ofrece la Municipalidad de Eldorado para estas vacaciones de invierno,
El Director de Cultura y Educación, Fausto Rizzani y la Directora de Turismo, Lic. Luciana Quiroz, fueron los encargados de exponer el cronograma al que podrán acceder los turistas y los vecinos a partir de este fin de semana.
En esta jornada indicaron que julio es un mes muy importante porque Eldorado recibe a muchos visitantes y vecinos que recorren la ciudad en estas vacaciones, por lo que se han organizado recorridos por los museos, talleres culturales gratuitos, presentaciones artísticas y espectáculos al aire libre.
AGENDA DE ACTIVIDADES JULIO 2024
“DE MISIONES AL MERCOSUR” – 06 de julio – 19:30 hs. – POLIDEPORTIVO UNIVERSITARIO Km. 03
JORNADA ARTÍSTICA Y SOLIDARIA – 08 de julio 08:00 hs. Escuela Nº 165 – Km. 02
ACTO Y DESFILE CÍVICO MILITAR – 09 de julio 08:30 hs. Av. SAN MARTIN Km. 09
FERIA HECHO A MANO – 13 de julio GALPÓN 10
GEEKY FEST – 14 de julio 14:00 hs. POLIDEPORTIVO HUGO LIGORRIA Km. 09
“AL CAER EL SOL” – 14 de julio 17:30 hs. PLAYÓN DE LA COSTANERA
TALLERES CULTURALES DE INVIERNO “MUSEO CASA DEL FUNDADOR, BIBLIOTECA MUNICIPAL Y MUESTRA PLÁSTICA “TESORO DE MI TIERRA”
TALLER DE LECTURA EN VOZ ALTA (EDAD 6-13) 15 al 18 de julio 16:00 hs. MUSEO CASA DEL FUNDADOR Km. 01
MUESTRA ARTÍSTICA DE LA ARTISTA PLÁSTICA MISIONERA, KARINA KREIBICH 15 al 26 de julio Horarios del Museo MUSEO CASA DEL FUNDADOR Km.01
COSTURA BÁSICA PARA NIÑOS (EDAD 09-12) 16 de julio 16:00 hs. BIBLIOTECA MUNICIPAL Km. 09
TALLER MOLINETES DE PAPEL (EDAD 05 – 13) 18 al 26 de julio 16:00 hs. MUSEO MUNICIPAL CASA DEL FUNDADOR Km.01
CHARLAS SOBRE SALUD BUCAL 19 de julio 16:30 hs. BIBLIOTECA MUNICIPAL Km. 09
BARRILETEADA “ANGEL DONANTE” – 19 de julio 14:00 hs. AEROCLUB ELDORADO – Km. 11
ENCUENTRO DE AUTOS ANTIGUOS Y MODIFICADOS “DIA DEL AMIGO” LOW CARS ELDORADO – 20 de julio AVENIDA SAN MARTÍN KM.09 FRENTE PLAZA SARMIENTO
TÉCNICAS BÁSICAS DE MACRAMÉ – (EDAD 07 – 13) 20 de julio 16:00 hs. BIBLIOTECA MUNICIPAL Km. 09
FESTIVAL DE INVIERNO 2024 21 de julio 17:00 hs. ANFITEATRO CARLOS ACUÑA, COSTANERA ELDORADO
TALLER DE HOJAS RECICLADAS EDAD – (09 -13) 23 de julio 17:00 hs. BIBLIOTECA MUNICIPAL Km. 09
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Se entregó el premio al Joven Empresario Misionero 2024
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Durante este viernes, en el Salón Tierra Sin Mal del cuarto tramo de la Costanera de Posadas, se realizó la entrega del premio al Joven Empresario Misionero, otorgado por la Confederación Económica de Misiones, en conjunto con la CAME, con el apoyo del Ministerio de Industria de Misiones.
La jornada, que inició minutos después de las 15hs, estuvo marcada por dos presentaciones. En primer lugar, la charla sobre triple impacto dictada por Micaela Tommasini, jefa del Departamento de Responsabilidad Social y Desarrollo Sustentable de la CAME.
En segundo término, pasadas las 16hs, en un living, el reconocido economista nacional Fausto Spotorno, actual asesor presidencial, respondió preguntas y brindó sus apreciaciones respecto al mundo financiero y la coyuntura actual del país.
Dionel Kimmich, director de JECEM, explicó que el ganador fue seleccionado por un jurado, encargado de analizar aspectos como innovación, impacto social ambiental, punto de origen del emprendimiento y desarrollo, entre los más de 80 jóvenes emprendedores de 18 a 40 años, de diferentes partes de la provincia, y de los más diversos rubros.
Por su parte, el presidente de la CAME, Alfredo González, desató que “la participación de misiones respecto a los jóvenes es muy fuerte”, lo que “es muy importante para la región y para todo el norte, porque hace que tengamos continuamente relevos y también acompañamiento”.
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Presentaron la carta de suelos del Departamento Guaraní: Una herramienta para la producción
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Esta mañana, en el auditorio del Museo Regional Aníbal Cambas de Posadas se presentó el informe final de “Cartografía semidetallada de suelos del Departamento Guaraní”, un proyecto que demandó un trabajo de 24 meses e involucró a 30 profesionales con el objetivo de generar una herramienta fundamental para la planificación de la producción agroalimentaria en Misiones. En total se relevaron 327.742 hectáreas.
Hasta el momento, Leandro N. Alem era el único departamento de Misiones que contaba con un estudio de estas características. El presente trabajo se trata de una herramienta fundamental para la planificación de la producción agroalimentaria y la toma de decisiones en torno al recurso suelo.
La presentación contó con el acompañamiento de Julian Salimbeni, responsable del sector forestal CFI quien remarcó la importancia de este trabajo que “propone el desarrollo de las economías regionales”. “Es un trabajo muy grande que deseamos se replique en otros departamentos porque acompañamos las iniciativas para el desarrollo sostenible”, agregó Salimbeni.
El investigador Lucas Moretti, Doctor en Ciencias Geológicas, es coordinador del proyecto por parte de INTA, explicó que uno de los aspectos relevantes de la Carta de Suelo es que permite calcular el Índice de Productividad de cada parcela en función de cada cultivo. Se trata de un largo trabajo de exploración, toma de muestras, análisis y estudio, “fue posible gracias también a la Red de Cartografía nacional de INTA y el apoyo de extensionistas de San Vicente y El Soberbio, además de la colaboración de Montecarlo”.
Cabe destacar que el departamento Guaraní posee más de la mitad de sus suelos en serranía, con pendientes pronunciadas. Mediante herramientas digitales a partir de estos mapas se podrá observar para cada chacra cuáles son los distintos índices de productividad de los suelos y los grados de aptitud para diferentes cultivos.
En tanto, el Ingeniero Agrónomo Guillermo Reutemann, titular del Instituto Misionero del Suelo del Ministerio del Agro y la Producción, destacó la importancia del trabajo articulado entre instituciones para realizar estudios de estas características “es una fortaleza muy grande tener investigadores como los del INTA Cerro Azul en la provincia”.
Reutemann agregó que “gracias a este trabajo realizado ahora tenemos muchas capacidades que han quedado instaladas en Misiones para continuar con estos estudios en nuevos departamentos de la provincia”. También, remarcó el compromiso de las autoridades provinciales que decidieron priorizar y brindar apoyo y continuidad a este proyecto.
A su vez, estuvieron presentes el Ing. Fabio Wyss, director del Centro Regional Misiones de INTA; Dra. María Elena Gauchar, directora de la EEA INTA Montecarlo; Ing. Horacio Babi, director de la EEA INTA Montecarlo; Ing. Luciana Imbrogno, subsecretaria de Desarrollo Vegetal; Juan Gauto, subsecretario de Desarrollo Forestal; entre otras autoridades.
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Historia de una carta para inventario de suelos
En 2021 a través del Ministerio del Agro y la Producción y el INTA presentaron ante el Consejo Federal de Inversiones un proyecto cuyo objetivo era generar una cartografía de suelos precisa y a una escala compatible para la toma de decisiones.
Para tal fin se propuso como área de estudio y como punto de partida de un futuro relevamiento sistemático de la provincia al Departamento Guaraní, que cuenta con 327.742 hectáreas debido a que presenta tanto diversidad de suelos como usos agrícolas con importantes áreas de reserva.
En una primera etapa el equipo conformado trabajó en la recopilación de antecedentes y en mapas de paisajes realizados sobre la base de imágenes satelitales. Luego se llevó a cabo el relevamiento de suelos en el campo a partir de pozos de observación y calicatas donde se identificaron y muestrearon los perfiles de suelo representativos de cada unidad.
Las muestras colectadas fueron analizadas en el laboratorio y finalmente se elaboró el mapa de suelos a partir de la interpretación conjunta de los datos obtenidos. Cabe destacar que este trabajo representa un aporte clave para el sector productivo, una nueva etapa en el conocimiento de los suelos de la provincia y es una herramienta fundamental para la planificación de la producción agroalimentaria y la toma de decisiones en torno al recurso suelo siendo los principales destinatarios organismos, instituciones estatales, productores agropecuarios, profesionales y técnicos extensionistas.
¿Qué es una Carta de Suelos?
Los mapas de suelo pueden ser elaborados a diferentes escalas: el formato “Carta de suelo” refiere a una escala de semidetalle (1:50.000) y es utilizado como herramienta para la planificación del uso de las tierras a nivel de cuenca o región.
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