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Alcohol Cero: La Ordenanza fue vetada por omisiones en la misma que impiden su implementación
La ordenanza Nª 155/2022 que establece la tolerancia cero del alcohol en sangre en el ejido municipal de Eldorado, fue vetada por la Vice Intendente Olinda Tucholke , a cargo del ejecutivo por licencia del Intendente Dr. Fabio Martínez, tras un análisis técnico que estableció la imposibilidad de su implementación como consecuencia de algunas omisiones en la redacción de la norma proveniente del cuerpo legislativo.
Desde el Ejecutivo Municipal se coincide con el espíritu que persigue la ordenanza que reduce la tolerancia a cero del alcohol en sangre, y a continuación se comparte lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos, que indica las omisiones de la norma que impiden su aplicación.
Los fundamentos del veto son los siguientes:
El ARTÍCULO 1º) establece PROHIBIR en el ejido de la Ciudad de Eldorado la conducción de cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre, no se verifica en el texto de la norma que la misma DEROGUE la ORDENANZA Nº 159/2009 que establece la adhesión en la parte pertinente a la Ley Provincial de Transito Nº 4511 – Actualmente Ley XVIII Nº 29, que al adherir parcialmente a la Ley Nacional de Transito Nº 24.449 establece un límite de tolerancia al porcentual del alcohol en sangre del 0,5 %.
El ARTICULO 48 de la Ley Nacional de Transito Nº 24.449 — PROHIBICIONES. Está prohibido en la vía pública: a) Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre.
Para quienes conduzcan motocicletas o ciclomotores queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre. Para vehículos destinados al transporte de pasajeros de menores y de carga, queda prohibido hacerlo cualquiera sea la concentración por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario. (Inciso sustituido por art. 17 de la Ley N° 24.788 B.O. 03/04/1997)
La Ordenanza expresamente debió indicar que DEROGA parcialmente, en la parte pertinente la adhesión Ley Provincial de Transito Nº 4511 – Actualmente Ley XVIII Nº 29 en cuanto al porcentual de tolerancia, que deriva de la adhesión de la norma provincial a la norma nacional. Al no verificarse la modificación al régimen provincial, como toda técnica legislativa ordenada aconseja, existe una superposición normativa que podría ser cuestionada por cualquier presunto infractor.
En tanto que el ARTÍCULO 2º) de la ordenanza en análisis señala: ESTABLECER para los casos en los que el resultado arroje entre 0 y 0,5 miligramos de alcohol por litro de sangre, el infractor podrá solicitar la realización de una nueva prueba de alcoholemia a los diez (10) minutos de efectuada la primera. En caso de discrepancia en los resultados, se continuará con el procedimiento establecido en la norma vigente en la materia. Del análisis de la legislación aplicable corresponde indicar que no existe ningún procedimiento legal previsto para zanjar esa situación.
El ARTÍCULO 3°) de la Ordenanza Nº 155/2.022 señala: EN caso de incumplimiento a lo establecido en el Artículo 1°) de la presente Ordenanza se aplicarán las sanciones dispuestas en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, sus modificatorias y su decreto reglamentario. La Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 – texto vigente – no prevé ninguna sanción para el nuevo encuadre (alcohol cero). El Decreto 242/2022 que reglamenta la ley nacional señala en su:
ARTÍCULO 67.- Reglamentación del artículo 48, inciso a) de la Ley N° 24.449.- ‘1- Por conducir con variaciones psicofísicas permanentes a las tenidas en cuenta al momento de la habilitación, será sancionado con multa desde 100 U.F. hasta 300 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CUATRO (4) puntos. 2-
Por conducir cualquier tipo de vehículo con alcohol en sangre con valores por encima del límite permitido para cada categoría, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 1.000 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DIEZ (10) puntos. 3- Por conducir motocicletas o ciclomotores con alcohol en sangre con valores por encima del límite permitido para cada categoría, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 1000 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DIEZ (10) puntos. 4-
Por conducir vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores y de carga con alcohol en sangre con valores por encima del límite permitido para cada categoría, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 1.000 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DIEZ (10) puntos. 5- Por conducir bajo los efectos de estupefacientes o medicamentos que alteren los parámetros normales para la conducción segura, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 1000 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DIEZ (10) puntos.
La conducta sancionada es la prevista en el artículo 48, inciso a) de la Ley N° 24.449 que sanciona la conducir cualquier conductor con un resultado en la alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre. Para quienes conduzcan motocicletas o ciclomotores queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre. Toda norma de carácter represivo – como es la ordenanza en análisis – debe tener no solo bien determinada la conducta sancionada, sino también la pena a imponerse.
El principio de legalidad implica la prohibición de la analogía en el derecho penal y en toda norma que impone que pretende imponer una sanción. La analogía consiste en la aplicación de una norma a un supuesto que no está recogido en la ley o su espíritu, pero presenta semejanzas a los supuestos que dicha norma comprende. La analogía se encuentra prohibida en nuestro ordenamiento jurídico porque afecta la garantía constitucional prevista en el Art. 18 de la Constitución Nacional. La ordenanza tampoco prevé el secuestro del vehículo, retención de la licencia, etc., las contra pruebas u otra metodología para dirimir controversia con relación a la lectura que indique porcentuales cercanos al grado cero.
Por lo expuesto queda en evidencia la imposibilidad de implementar la ORDENANZA Nº 155/2.022, sancionada el día 29 de diciembre de 2.022 (Tolerancia cero de alcohol en sangre como requisito para conducir cualquier tipo de vehículos) por las omisiones y defectos de que adolece, por lo que, corresponde el veto total de la ordenanza, solicitando al cuerpo deliberativo reelabore la ordenanza teniendo en cuenta el proyecto de ley nacional que ya cuenta con media sanción y la Ordenanza XVI Nº 58 de la Ciudad de Posadas, que establecen clara e inequívocamente la sanción y el procedimiento a llevar a cabo en caso de detectarse una infracción.
Ello es necesario para evitar situaciones conflictivas y controversiales que impidan al personal de la Dirección de Tránsito y Transporte al llevar a cabo el procedimiento y también para su posterior juzgamiento. El Departamento Ejecutivo a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos elaboro un proyecto alternativo que será remitido al Concejo Deliberante para su tratamiento.
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Flamante magíster de la UGD investigó cómo fortalecer la inclusión educativa en el nivel superior
La misionera Noelia Gavilán acaba de obtener el título de Magíster en Gestión y Evaluación de la Educación Superior por la Universidad Gastón Dachary (UGD), tras defender una investigación centrada en uno de los desafíos más urgentes del sistema educativo: la inclusión de estudiantes con discapacidad en el ámbito universitario.
Su trabajo final, analizó las competencias pedagógicas que desarrollan los estudiantes del Profesorado Universitario para Profesionales (Cohorte 2024), con el objetivo de comprender cómo los futuros docentes se preparan para acompañar de manera efectiva las trayectorias académicas de alumnos con discapacidad.
“Este trabajo es la síntesis de una problemática que en lo personal me interpela mucho, dada mi práctica profesional”, expresó Gavilán, quien destacó que la investigación buscó identificar las estrategias pedagógicas adquiridas por los cursantes, analizar los programas de las materias y relevar las experiencias de los propios estudiantes.
La investigación contó con el acompañamiento del profesor Jorge Cornejo, coordinador del Ciclo de Complementación del Profesorado, y del Magíster Ricardo Martín, quien dirigió el trabajo final.
Educación con perspectiva inclusiva
El enfoque adoptado se alinea con los principios de la Maestría, que busca formar profesionales capaces de analizar, evaluar y transformar las prácticas universitarias a partir de una mirada crítica, social e inclusiva.
En esa línea, el aporte de Gavilán ofrece un diagnóstico valioso sobre la formación docente y propone repensar las estrategias pedagógicas desde la perspectiva de la equidad y el acceso universal a la educación superior.
“Es una temática que cada día cobra más relevancia, y todavía hay mucho por hacer en el nivel superior. Este proceso me reafirmó en mi compromiso de trabajar por una educación que brinde más andamiajes para que cada vez más personas puedan acceder, sostenerse y egresar de la universidad”, subrayó la flamante magíster.
Compromiso y formación de calidad en la UGD
La experiencia de Noelia refleja el espíritu de la Maestría en Gestión y Evaluación de la Educación Superior de la UGD, un espacio de formación avanzada que promueve la investigación aplicada, la innovación pedagógica y la mejora continua de las instituciones universitarias.
Las inscripciones para la Maestría en Gestión y Evaluación de la Educación Superior ya están abiertas.
La propuesta está dirigida a docentes, gestores y profesionales interesados en transformar la educación desde una perspectiva crítica y con impacto real.
Más información en www.ugd.edu.ar.
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Arauco Argentina invita a reunión de participación cuidadana
Arauco Argentina lleva adelante estudios técnicos que confirman la viabilidad de reutilizar residuos industriales provenientes de los procesos de producción de celulosa y energía, transformándolos en insumos para nuevos procesos productivos.
El encuentro está previsto para el día jueves 30 de octubre a a partir de las 9:30 hs en el Centro Cultural Ladislao Ziman cito en calle Córdoba 69, Puerto Esperanza, Misiones
Arauco invita a participar de la presentación de los resultados de estos estudios y de la evaluación de los impactos ambientales asociados a la reutilización de residuos industriales.
La presencia y aporte de miembros de la comunidad serán fundamentales para seguir construyendo juntos un futuro más sustentable para nuestra comunidad.
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Tragedia en la Ruta Nacional 14: Dio positivo el test de alcoholemia al conductor del Focus que chocó al colectivo
Se confirmó esta mañana que estaba alcoholizado el conductor del Ford Focus que ayer chocó al colectivo que cayó por el puente del arroyo Yazá, en Campo Viera, tragedia que se cobró nueve vidas.
Según confirmó este medio con un vocero oficial del caso, el análisis post mortem practicado sobre el cadáver de a Rafael Gonzalo Ortiz Jordán (34) arrojó que al momento del siniestro vial sobre ruta nacional 14 manejaba con 3.0 gramos de alcohol por litro de sangre.
Se trata de una cifra altísima, considerando que los conductores de autos particulares pueden manejar con hasta 0.5 de la citada medida. En consecuencia, el test corroboró que Ortiz Jordán conducía con 6 veces más alcohol en sangre que lo permitido por ley.
Contrario a ello, el chofer del colectivo, Nicolás Tarnowski (29), dio negativo el test de alcoholemia.
Audios de terror
Por otra parte, trascendieron audios que el mismo Ortiz Jordán habría enviado a un amigo en los instantes previos al desastre. Se trataría de una prueba elocuente de su estado etílico y de la premeditación del hecho.
“Haceme el aguante, por favor. Me acabo de separar, la mandé a la puta a mi mujer. Peleé con toda la familia. No sé dónde puta estoy. Estoy yendo como a 180 parejo en la ruta”, habría manifestado en un audio enviado a un amigo.
Luego reconoció: “Voy a 180, 190… recién mordí la banquina y casi me pegué un palo”, y se río; pero en el siguiente audio parecía llorar: “Me quiero pegar un palo más o menos, no sé. Se va a la puta todo. Te juro que tengo unas ganas de morirme, boludo. Se fue a la puta todo, vieja”.
El material ya está incorporado al expediente de la tragedia. También el celular de Ortiz Jordán será peritado.
Nota: Elterritorio.com.ar
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