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Dos diplomáticos rusos se atrincheraron en sus autos para evitar ser sometidos a un control de alcoholemia

Luego de negarse a realizar el trámite, ambos hombres fueron escoltados hasta la Embajada. El llamativo hecho provocó la intervención de la Policía de la Ciudad, la Cancillería y el Ministerio de Seguridad de la Nación

Una situación llamativa se vivió durante la mañana de Navidad en un control de alcoholemia en CABA: dos conductores de autos diplomáticos de la embajada de Rusia se negaron a realizar el test tras ser detenidos por agentes de tránsito en el marco del operativo de seguridad vial del gobierno porteño para estas fiestas.

El primer conductor de un auto diplomático de la embajada de Rusia, identificado como Sergei Baldin, se negó a realizar el control de alcoholemia alrededor de las 10.45, tras ser detenido en el marco del operativo de seguridad vial desarrollado en Avenida del Libertador al 1000.

Baldin (38), a bordo de un Volkswagen Vento blanco con dominio “D094CSB”, no accedió a brindar la documentación requerida por el puesto de control ni a realizar el test con el alcoholímetro para que determine el nivel exacto de alcohol en sangre.

La Policía de la Ciudad trabajó en el lugar tras el llamado de los agentes de tránsito y, finalmente, los oficiales escoltaron al auto hasta la Embajada de Rusia. Una vez allí se realizó el acta correspondiente.

Según informaron fuentes oficiales a Infobae, el Ministerio de Seguridad de la Nación y la Cancillería enviaron al departamento de Seguridad Diplomática de la PFA para hacerse cargo y cumplir con la Convención de Viena y las leyes que rigen las relaciones diplomáticas. Las actuaciones seguirán por canales federales.

El vehículo llegó a las 12 a la embajada rusa, ubicada en Rodríguez Peña al 2700, escoltado por la Policía. Para poder realizar el procedimiento, se cortaron las calles en las inmediaciones del lugar, según informó LN+.

En tanto, el segundo episodio tuvo lugar una hora después. El conductor del otro auto diplomático, un Toyota Corolla, se negó, en el mismo control del barrio porteño de Recolet, a realizar el test de alcoholemia.

Fuentes oficiales informaron a Infobae que se trata del ciudadano ruso Salomatín Cardmath. Finalmente, fue también escoltado a la embajada de su país.

Ninguno de los dos funcionarios accedieron al control de alcoholemia y en ambos casos se labraron actas por la infracción 7062, se considera que dieron positivo por defecto.

Finalmente, tanto Baldín como Cardmath ingresaron a la embajada rusa, mientras que los autos fueron guardados en el edificio.

“Según la convención de Viena sobre las relaciones diplomáticas, los vehículos diplomáticos no pueden ser objeto de ninguna parada o registro. Consideramos lo ocurrido como una grave violación del derecho internacional, sobre todo sobre sus disposiciones sobre inmunidades diplomáticas”, informó el primer secretario de la Embajada desde las puertas del lugar.

Cabe señalar que las sanciones para los conductores que den positivo en el test de alcoholemia varían según el dosaje de alcohol en sangre.

Para quienes registren entre 0,5 y 1 gramo de alcohol por litro de sangre, las multas van desde $94.530 hasta $630.200, sumado a la inhabilitación de la licencia, que tiene un mínimo de dos meses y un máximo de cuatro, aunque esa pena puede reducirse si se completa un curso de educación vial.

En tanto, para los casos de más de 1 gramo por litro, las multas pueden alcanzar hasta $1.260.400 o, incluso, penas con arresto de entre uno y diez días. La inhabilitación mínima para estos casos es de cuatro meses y puede extenderse hasta dos años, sin posibilidad de suspensión.

Por otro lado, negarse a hacer el test de alcoholemia también constituye una falta e implica la remisión del vehículo.

Qué dice la Ley
A pesar de tratarse de funcionarios diplomáticos, el conductor del auto debe acceder a brindar la información requerida por los agentes de tránsito.

Así lo establece el artículo 41 de la Constitución Nacional: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”.

En tanto, por el hecho de negarse a brindar la documentación y a realizar el test, rige el artículo 239 del Código Penal que establece: “Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal”.

Hasta el momento, en el marco de los operativos que desarrolla el Gobierno de la Ciudad en CABA por Navidad, se hicieron 5399 testeos hasta las 7 de este miércoles 25, una cifra que casi duplica la del año pasado. Hubo un total de 45 positivos a quienes se les retuvieron las licencias de conducir y una tasa de positividad de 0.83%.

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La CGT convocó a un paro general sin movilización para cuando se trate la reforma laboral en Diputados

La cúpula directiva de la CGT convocó este lunes a un paro general sin movilización para cuando se discuta la reforma laboral en la Cámara de Diputados, según pudo confirmar la Agencia Noticias Argentinas.

Fue luego de la reunión entre los cotitulares de la central obrera Octavio Argüello (Camioneros), Jorge Sola (Seguro) y Cristian Jerónimo (empleados del vidrio), que realizaron de manera virtual durante el mediodía.

Según indicaron fuentes de la CGT a la Agencia Noticias Argetinas, la central hará un paro naciona el día que se trate el proyecto en Diputados, con adhesión de todos los gremios del transporte, aunque sin movilización convocada de manera orgánica. De todos modos, habrá “libertad de acción” para los sindicatos del sector.

Así lo de definió el consejo directivo de la entidad después de un Zoom que inició al mediodía y concluyó minutos antes de las 14.

El miércoles a las 11, en tanto, la CGT brindará una conferencia de prensa en la sede de Azopardo para ampliar declaraciones.

La previa
Jerónimo había señalado este domingo que “estaban dadas las condiciones y generados los consensos colectivos para ir hacia una huelga nacional”.

De hecho, muchos sindicalistas sostenían que ya no es suficiente con salir a la calle para expresar su oposición al proyecto del Gobierno y pidieron expresamente medidas más duras.

En consecuencia, la CGT activó la medida de fuerza para el día en que la Cámara de Diputados discuta el proyecto el en recinto. Todo indica que será el próximo jueves 19 de febrero.

Entre los puntos que causaron rechazo de parte de la CGT se encuentran las modificaciones sobre las indemnizaciones, la jornada laboral, el derecho a huelga y las vacaciones, mientras que también generó críticas el esquema de licencias por enfermedad o accidentes no laborales.

Más críticas
El secretario general del Centro de Patrones Fluviales, Mariano Moreno, advirtió que la reforma laboral excluye a los marinos de la ley de Contrato de Trabajo. “Si no luchamos hoy para que esto no salga, vamos a terminar precarizados y trabajando por un sueldo miseria”, sentenció.IP

“Al personal embarcado no le dejan ni el 14 bis”, afirmó el dirigente, al graficar que el artículo 2° de la reforma excluye de forma explícita al personal embarcado en su inciso (g) y los pone en igualdad de condiciones que las personas privadas de su libertad. Esto significa que ya ni siquiera se cuenta con los derechos más básicos que protegen al trabajador”.

“Antes, si había un conflicto no previsto en el contrato de ajuste, se invocaba la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) para proteger al marinero o capitán. Con esta reforma, se asume que el régimen de navegación es autónomo. Esto debilita la protección general porque la Ley de Navegación es de carácter comercial y administrativo, y no tiene la carga de justicia social y protección al trabajador que tiene un Convenio Colectivo de Trabajo o lo mínimo que garantiza la LCT”, detalló.

Agencia Noticias Argentinas

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Ecología y Güirá Oga restituyeron 12 lechuzas a la Selva Misionera

El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones, en articulación con el Centro de Rescate, Rehabilitación y Recría de Fauna Silvestre Güirá Oga -gestionado por la Fundación de Historia Natural Félix de Azara-, concretó en Puerto Iguazú la liberación de 12 ejemplares de lechuza alilicucú (Pseudoscops choliba), que regresaron a su hábitat natural tras completar el proceso de rehabilitación correspondiente.

De la actividad participaron el ministro de Ecología, Arq. Martín Recamán; el subsecretario de Ecología, Facundo Ringa; el subsecretario de Ordenamiento Territorial, Lucas Russo, y representantes de Güirá Oga, entre ellos Dante Di Nucci. La liberación forma parte de las acciones que se desarrollan de manera sostenida para la conservación de la fauna silvestre y la restitución de animales víctimas del mascotismo y otras situaciones de riesgo.

Estas lechuzas se suman a otros ejemplares liberados durante este año, entre ellos un ñandú, un tucán y un carpincho, que lograron regresar a la vida silvestre luego de completar su recuperación. En todos los casos, los animales atravesaron evaluaciones sanitarias, procesos de rehabilitación y readaptación ambiental, orientados a garantizar su supervivencia en libertad.

Estas acciones reflejan el compromiso del Estado provincial y de las instituciones que trabajan de manera articulada en la protección de la biodiversidad y en la concientización sobre la importancia de preservar la fauna silvestre en su ambiente natural.

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Fallo histórico en Mendoza: Manaos deberá pagar 800 millones de pesos a un empleado

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza asestó un golpe financiero a la empresa Refres Now S.A., fabricante de la gaseosa Manaos, al confirmar una condena por despido que obliga a la firma a desembolsar más de 800 millones de pesos a un exdistribuidor.

Si bien el máximo tribunal provincial admitió parcialmente un recurso extraordinario y recalculó a la baja la cifra inicial, que rondaba los 1.500 millones, ratificó la existencia de una relación de dependencia no debidamente registrada y la responsabilidad de la compañía en el distracto laboral.

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, la controversia legal tuvo su origen en la ciudad de San Rafael, donde la Cámara Segunda del Trabajo determinó que el demandante, quien se desempeñó como distribuidor en las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa, mantuvo un vínculo laboral con la empresa entre los años 2013 y 2022.

Según consta en el expediente, el trabajador logró acreditar irregularidades en la registración de su contrato durante gran parte del período analizado. La sentencia original consideró probada la existencia de un “vínculo de dependencia no debidamente registrado”, lo que derivó en una condena inicial de alto impacto para el sector empresario.

Al revisar las actuaciones, los ministros de la Corte, Omar Palermo, Mario Adaro y Norma Llaster, decidieron reformular la sentencia dictada en la causa “Refres Now SA p/ Despido”. Con la nueva resolución, el tribunal dispuso que la empresa deberá abonar al trabajador la suma de $223.419.076,66 en concepto de capital y $584.257.217,06 por intereses calculados al 11 de abril de 2025. El fallo aclara que el monto total de $807.676.293,72 se establece “sin perjuicio de los intereses que continúen devengándose hasta el efectivo pago”.

A pesar de confirmar la condena principal, el máximo tribunal introdujo modificaciones técnicas en los rubros indemnizatorios. En particular, la Corte rechazó parcialmente la demanda en lo referido a la indemnización prevista en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), vinculada a la entrega de certificados laborales.

Este rubro, que ascendía a $34.796.852,75, fue desestimado por los magistrados al evaluar la correcta aplicación del derecho. Asimismo, el fallo determinó que los intereses para los ítems rechazados se calculen conforme a la tasa prevista en la Ley 9041.

La resolución judicial adquiere relevancia no solo por la envergadura de la empresa -productora también de las marcas Villa Manaos, Placer, Bichi y Fernandito- sino por la magnitud de la cifra en un contexto de debate sobre la reforma laboral.

La Corte evitó reabrir la discusión sobre los hechos ya probados en la instancia anterior y se centró en la estructura económica de la liquidación. Al respecto, el tribunal sostuvo la metodología de cálculo para la obligación principal, subrayando que la responsabilidad de la firma por el despido incausado se mantiene firme a pesar de los ajustes realizados en la cuantificación final.

Agencia Noticias Argentina

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