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Presentación de representantes ambientales en Diputados para evitar retrocesos en la legislación ambiental
Durante el Plenario de comisiones de la Cámara de Diputados Andrés Napoli, director ejecutivo de Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), y Manuel Jaramillo, director general de Vida Silvestre estuvieron presentando argumentos para evitar retrocesos en la legislación ambiental, planteados en el Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.
Durante el plenario de comisiones Andrés Napoli (video aquí) señaló “En un contexto de crisis ecológica, climática y desigualdad social, el proyecto hiere de muerte los sistemas de protección establecidos en leyes que llevó mucho esfuerzo alcanzar, y que en línea lo que dispone el artículo 41 de la Constitución Nacional, garantizan una protección ambiental uniforme en todo el país (…) La ley Omnibus, tal como está planteada es regresiva en materia de protección de nuestros bienes ambientales, y en materia de transparencia y participación pública”.
Además, Manuel Jaramillo (video aquí) detalló “Gran parte de las organizaciones que hemos realizado el análisis de los artículos del proyecto de Ley ómnibus que afectan regresivamente los avances en legislación ambiental y que hemos enviado formalmente la comentada nota a la Honorable Cámara de Diputados, hemos también trabajado por años en demostrar exitosamente que el desarrollo y la conservación no son elementos antagónicos, que es posible – y necesario- articular un modelo de desarrollo económico que no sea a costa de afectar negativamente al ambiente y a los sectores sociales más vulnerables. El verdadero desarrollo es sustentable. Si no es sustentable no es verdaderamente desarrollo. Es solo una trasferencia de recursos en la cual el ambiente y los sectores vulnerables de la sociedad cubren las externalidades negativas de esa transacción.”
Más de 100 organizaciones de la sociedad civil expresaron su preocupación por las medidas del Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, que implica un retroceso en la legislación ambiental lograda en los últimos años en nuestro país tras mucho esfuerzo, discusiones parlamentarias y trabajo de consenso entre diversos actores sociales.
Además, el proyecto de ley vulnera el principio de no regresión ambiental, contenido en el Acuerdo de Escazú (Ley 27.566 en plena vigencia y ratificado por nuestro país), dado que los cambios propuestos a la normativa vigente implicarían una disminución de los niveles de protección ambiental ya alcanzados.
Manuel Jaramillo, director general de Fundación Vida Silvestre Argentina, remarcó que “el proyecto de ley presentado por el ejecutivo propone avanzar sobre legislación construida de manera participativa entre diversos sectores de la sociedad y en consonancia con lo establecido por la Constitución Nacional y la Ley General del Ambiente, es por ello que junto a diversas organizaciones que trabajamos en temas ambientales hemos decidido presentar formalmente nuestro planteo ante la cámara de diputados”. Y finalizó “el dentro de la ley todo, fuera de la ley nada, debe aplicar también a la conservación del ambiente”.
Para que Argentina sea una potencia mundial, es crucial construir sobre lo ya construido evitando destruir los logros alcanzados afirman. Entre esos logros, se encuentran las normas que este proyecto de ley pretende reformar y que conforman la columna vertebral de la protección del ambiente y los recursos naturales de nuestro país. Cualquier intento de retroceder en los niveles de protección y conservación del ambiente alcanzados debe ser considerado ilegal e inconstitucional.
En referencia a la Ley de Bosques Nativos, Jaramillo detalló que “la ley de bosques es una ley que existe desde hace 15 años, producto del trabajo conjunto entre diferentes organizaciones y legisladores junto con diversas jurisdicciones, que ha permitido visibilizar los boques nativos, reducir inclusive las tasas de deforestación (aunque sean altas) y que ésta propuesta de ley pretende desfinanciar. Esto implica quitar responsabilidad del estado nacional, y dejar una puerta abierta y poco clara para la deforestación en áreas donde ahora está prohibido (áreas catalogadas como rojas y amarillas)”.
Es por eso que el pedido a la Cámara de Diputados es a no hacer lugar a estas propuestas que colisionan de lleno contra principios jurídicos y normativa nacional e internacional vigente en el país, en relación a los siguientes proyectos de ley detallados, que buscan reformarse o crearse de manera parcial o total:
Ley 26.562 control de actividades de quema
Ley 26.331 de bosques nativos
Ley 26.639 de glaciares
Ley 24.922 régimen federal de pesca
Reorganización económica capítulo IX – energía sección IX – de la transición energética
Entre los principales argumentos esgrimidos se encuentran:
Las modificaciones propuestas a la Ley 26.331 de bosques nativos pretenden habilitar desmontes hoy prohibidos en las categorías roja (I) y amarilla (II). De aprobarse el proyecto de ley del PEN, más de 42 millones de hectáreas, cerca del 80% de los bosques nativos de la Argentina hoy bajo protección a perpetuidad, quedarán desprotegidos y a merced de desmontes a gran escala, afectando a su biodiversidad y los beneficios sociales, ambientales y culturales que proveen a las personas. Por otra parte, las modificaciones desfinancian el presupuesto para la protección de los bosques nativos al eliminar el mínimo planteado por la Ley del 0,3 del presupuesto Nacional y el 2% de las retenciones a las exportaciones de productos agrícolas y forestales.
Las modificaciones propuestas a la Ley 26.639 de glaciares permitiría la actividad económica en los ambientes periglaciares vulnerando la protección de ambientes que ya están en retroceso y que son centrales como reservorios de agua dulce, y que tienen funciones clave para la adaptación y mitigación al cambio climático y para la regulación hídrica, especialmente en zonas desérticas, no sólo para la vida humana sino para sostener el funcionamiento de los ecosistemas.
Las modificaciones propuestas a la Ley 24.922 Régimen Federal de Pesca facilitaría una profundización del extractivismo en el mar, con usos que no sigan pautas de conservación ni consideren los impactos sobre la biodiversidad marina.
Las modificaciones propuestas a la Ley 26.562 de Control de Actividades de quema al agregar a la definición de el “aprovechamiento productivo” entendido como toda “actividad que tenga una finalidad de lucro y que no tenga relación alguna con la protección medioambiental del terreno”. Esto permitiría el avance sin control ni autorización previa de quemas para desarrollo de infraestructura diversa, plantaciones, cultivos que no se comercialicen, etc. Por otra parte, si bien el proyecto de ley mantiene la prohibición de actividad de quema sin autorización, establece un plazo de 30 días hábiles para que la autoridad competente responda a la solicitud. En caso de falta de respuesta, se considerará que la quema ha sido autorizada.
En la sección del proyecto de ley sobre Transición energética lejos está de proponer de qué manera se llevará a cabo la transición energética hacia una matriz energética más limpia en Argentina, y cuál será la hoja de ruta para cumplir con los compromisos internacionales de reducción de emisiones a 2030 y carbono neutralidad a 2050 en el marco del Acuerdo de París. Por otra parte, faculta al Poder Ejecutivo Nacional para la asignación de derechos de emisión de GEI y penalización en caso de incumplimiento. Si estas actividades quedan vinculadas al PEN, no queda claro el rol y función de las demás áreas gubernamentales y no gubernamentales competentes en la temática.
Para conocer el texto completo enviado a los legisladores, haga click aquí.
Organizaciones participantes:
ACERCA (Agencia de Cooperación Estratégica Rural para el Chaco Americano), AFOPE , Ahora Qué?, Alianza Gato Andino, Alianza x el Clima, Ambient.Arg, Ambientalistas Ituzaingó, Ananda, AquaMarina, Asamblea Socio Ambiental Campana, Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas , Asociación Argentina de Ecología, Asociación Boana, Asociación Ambientalista del Partido de Escobar, Asociación Civil Arbolado, Asociación Civil Capibara, Asociación Civil de ecología integral Laudato si, Santiago del Estero, Asociación Civil El Cuenco Equipo Ambiental, Asociación Civil por la Responsabilidad Amartya, Asociación Comunitaria y Biblioteca Popular El Molino- Vaqueros- Salta, Asociación de Amigos de la Patagonia, Asociación Herpetológica Argentina, Asociación Miguel Ragone, Asociación Para El Desarrollo (ADE), Asociación para la Conservación y el Estudio de la Naturaleza (ACEN), Aves Argentinas, Centro de Investigaciones del Bosque Atlántico (CeIBA), CEPPAS, Círculo de Políticas Ambientales, Climate Save Argentina, Club de Roma Argentina, Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial, Colegio de Graduados en Ciencias Forestales de Santiago del Estero, Colegio de Ingenieros Forestales de Misiones, Comisión de Reservas Naturales Privadas del Chaco, Comisión de Supervivencia de Especies, Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, Conciencia Ecológica, Conciencia Solidaria, Al Cuidado del Medio Ambiente, el Equilibrio Ecológico, y los Derechos Humanos, Asociación Civil, Consciente Colectivo, Consejo Profesional de Ciencias Forestales del Chaco, Cooperativa Agroecológica Yvy Marane´y Ciudad de Corrientes, Correntinos Contra el Cambio Climático, Defensores del Pastizal, Eco House Global, Ecosistemas Argentinos, Equipo Nacional de Patronal Aborigen (ENDEPA), Federación Argentina de Ingenieros Forestales, Federación Campesina Guaraní de Corrientes, Federación de Trabajadores Chaqueños, Federación de Trabajadores Correntinos, Fibo Impacto Social, FNGA (Fundación Nueva Generación Argentina), Foro Ambiental Córdoba – Asociación Civil, Frente Sindical de Acción Climática, Fundación Ambiente y Recursos Naturales, Fundación Anfibia, Fundación Avina, Fundación Azara, Fundación Banco de Bosques, Fundación Biodiversidad Argentina, Fundación Cebil, Fundación CEBio, Fundación de la Tierra, Fundación Gran Chaco, Fundación Humedales / Wetlands International, Fundación Inalafquen, Fundación Los Albardones, Fundación Mane´Kenk Educación Ambiental, Fundación Manos Verdes, Fundación Natura Argentina, Fundación Patagonia Natural, Fundación Plurales, Fundación Por el Mar, Fundación R.E.VERDECER – Salta, Fundación Red Comunidades Rurales, Fundación Red Yaguareté, Fundación Rewilding Argentina, Fundación Solidaridad Latinoamericana, Fundación Sustentabilidad sin Fronteras, Fundación T.E.A. Trabajo, Educación, Ambiente, Fundación Vida Silvestre Argentina, Fundacion VIentos del Sur Para el Desarrollo Humano Integral-Salta, Fundación YUCHAN, Fundeps Argentina, Futuro Córdoba Asociación Civil, Guardianes del Y’vera, Health Save Argentina, Humedales en Red, Instituto de conservación de ballenas, Instituto Internacional de Medio Ambiente y Desarrollo, IIED – América Latina, Instituto Jane Goodall Argentina, Jóvenes por el Clima, Los Verdes, Mesa Foresto Industrial de Santiago del Estero, Movimiento Político Ecológico de Raiz, Mundo sur, Museo del Hambre, No a la mina, Organización Ambiental Pilmayqueñ, Organización Isla Verde, Proyecto Quimilero, Red Argentina de Reservas Naturales Privadas, Red Bosques, Políticas y Territorios, Red de Mujeres en Diálogo Ambiental, Red del río Luján, S.O.S Hábitat Mercedes, SaSa, Sociedad Argentina de Biología Evolutiva, Sociedad Argentina de Botánica, Sociedad Argentina para el Estudio de los Mamíferos (SAREM), Sociedad Naturalista Andino Patagónica, Tierra Nativa – Amigos de la Tierra Argentina, Unidos por nuestras Acequias, UPVA Unidos por la Vida y el medio Ambiente, Vecinos del Humedal, WCS Argentina, Yo No Mato Serpientes.
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Designan a Luis Aquino como interventor organizador del nuevo municipio “Dos Hermanas”
El gobernador Hugo Passalacqua oficializó la designación de Luis Aquino como interventor organizador del municipio número 79 de Misiones, Dos Hermanas, mediante el Decreto Nº 2323. El nuevo distrito, ubicado en el departamento General Manuel Belgrano, inicia así su proceso de institucionalización tras la sanción de la Ley XV–Nº 24, que prevé la elección de autoridades propias en 2027.
POSADAS. MARTES 11 DE NOVIEMBRE DE 2025. El El gobernador Hugo Passalacqua formalizó el nombramiento de Luis Aquino como “Interventor Organizador” del municipio número 79 de Misiones, Dos Hermanas, mediante la firma del Decreto Nº 2323. La entrega formal del documento estuvo a cargo del ministro de Gobierno, Marcelo Pérez. El nuevo municipio se encuentra en el departamento General Manuel Belgrano, en la zona norte de Misiones.
Luis Aquino tendrá la importante misión de articular, ejecutar y desarrollar todas las acciones necesarias para organizar de manera jurídica, política, contable y administrativa la vida institucional de esta flamante comuna.
La designación se ampara en la Ley XV – Nº 24, sancionada el 15 de mayo de este año, que creó el municipio. Dicha normativa establece que el Poder Ejecutivo Provincial debe nombrar a un interventor hasta que las autoridades elegidas por voto popular asuman sus funciones en las próximas elecciones, previstas para el año 2027.
ANHELADA AUTONOMÍA
Dos Hermanas, una localidad próxima a Bernardo de Irigoyen, cuenta con aproximadamente 11.000 habitantes y una historia que se remonta a 1908 con sus primeros pobladores. Durante mucho tiempo, formó parte del ejido de Bernardo de Irigoyen. Esta pertenencia generaba dificultades para el acceso a recursos y la gestión de servicios debido a la considerable distancia de 11 kilómetros de su casco urbano.
La decisión de municipalizar a Dos Hermanas le otorga la tan esperada autonomía comunal. Esto permitirá una administración más eficiente y cercana a las necesidades de sus habitantes, incluyendo a quienes residen en sus diversas zonas rurales como Piraminí, Tres Vecinos, Laguna Azul, Piedra Blanca y Colonia Itatí.
La asunción de Luis Aquino es, por lo tanto, el primer paso firme y crucial para consolidar esta nueva etapa de independencia y desarrollo de la localidad.
También participaron de la designación, el ministro de Hacienda, Adolfo Safrán; el subsecretario de Asuntos Municipales, José Schiro y el subsecretario de Gobierno, Asuntos Registrales y Tierras, Daniel Behler.

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Caso Schoenfisch: Fue suspendido el debate
El Tribunal Penal Uno de Eldorado votó por unanimidad suspender el debate oral que tiene en el banquillo de acusados a Pablo Schoenfisch (23), hasta que se resuelva la responsabilidad de Arnoldo -hasta ahora una de las víctimas- por su confesión en la jornada uno.
Después de un testimonio comprometido por parte de, según el expediente, una de las víctimas del ataque con arma de fuego perpetrado por Pablo Schoenfisch (23) -quien es juzgado por matar a su madre Faustina Antúnez (56) y herir gravemente a su padre Arnoldo Schoenfisch con disparos en la cabeza-, esta mañana estaba previsto continuar el debate oral.
Sin embargo, el Tribunal Penal Uno de Eldorado conformado por los jueces Adriana Andino, Atilio De León y Eduardo Javier Jourdan, por unanimidad dispuso que el juicio sea suspendido “hasta que se resuelva en sede instructiva la suerte procesal de Arnoldo Schoenfisch”.
En sus argumentos el tribunal consideró que “la confesión merece una nueva mirada por parte del órgano encargado de la instrucción, para evitar eventuales e insalvables nulidades por violación a garantias constitucionales”.
Sobre la decisión, el fiscal Federico Rodríguez calificó como “una falta de respeto” por “esperar tanto tiempo para resolver de esa manera”. En esa línea, sostuvo que las declaraciones fueron sólo mentiras. “Lo que dice Arnoldo no tiene ningún sentido, acá hablamos del delito de calumnia e insisto que fue parte del esquema defensivo”:
En ese contexto, adelantó que dispondrá que la fiscalía de instrucción investigue por falso testimonio y falsedad ideológica. “¿Quién paga los costos ? La única salida que le queda al pobre Arnoldo para no ser condenado por falso testimonio, es probar que él cometió el delito”, señaló, añadiendo que a Arnoldo “lo pusieron en una encrucijada”.
“La defensa tiene eso y una pericia trucha. Lo único que están buscando es dilatar el proceso artificialmente. Correspondía que se siga con los testigos”, concluyó Rodríguez. En contraparte, la defensa representada por los abogados Fabián de Sa y Maria Laura Alvarenga, solicitó la excarcelación de Pablo, mientras continúe el proceso de investigación.
Luego de estas solicitudes, tanto de la fiscalía como de la defensa, el tribunal dispuso que el debate entre en un cuarto intermedio hasta mañana a las 8:30 para informar lo resuelto sobre estos planteos.
FUENTE: EL TERRITORIO
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Desde el SPEPM aseguraron que la desregulación arancelaria es “inaplicable” en Misiones
Tras conocerse el Decreto 787/2025 por el cual se deroga el Decreto N.º 2417/1993 referido al control estatal sobre los aranceles de los establecimientos de educación privada, dispuesto por el Gobierno Nacional, hubo una reacción en la provincia de Misiones para despejar cualquier duda respecto al impacto que ello tendría para los establecimientos educativos y para las familias que envían a sus hijos a ellos.
En primera instancia, se aseguró que el Decreto mencionado es “inaplicable” en Misiones y exhortó a las instituciones a que “deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial”.
En definitiva, las conclusiones vertidas en el comunicado describe los siguientes puntos:
- 1. El Decreto Nacional 787/2025 no resulta aplicable ni vinculante para la Provincia de Misiones en materia de aranceles escolares de instituciones de gestión privada, por hallarse la competencia plenamente transferida y regulada por legislación provincial específica.
- 2. Continúan vigentes la Ley VI-46 (ex Ley 2987), las resoluciones del SPEPM y toda norma local que establezca criterios, montos o procedimientos de fijación de aranceles, sin perjuicio de las disposiciones nacionales de carácter general en materia educativa.
- 3. Los establecimientos de gestión privada deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial.
- 4. Como consecuencia del análisis realizado, se emite la presente explicitando la inaplicabilidad del Decreto 787/2025 en la jurisdicción de Misiones y la vigencia de los mecanismos de control y supervisión provinciales.
El documento completo:
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