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Educación

La carrera de abogacía de la UGD ofrece la posibilidad de lograr una doble titularización 

La Universidad Gastón Dachary Sede Eldorado continúa promocionando las distintas carreras que los estudiantes eldoradenses y zonas aledañas pueden cursar sin  mudarse de sus hogares, en esta mañana el Dr. Fabio Toledano, Coordinador y docente de la carrera de abogacía visitó los estudios de Canal 9 Norte Misionero para brindar algunos detalles de la formación de abogados.

El abogado eldoradense comenzó comentando que “la Sede Eldorado desde el año 2011 está brindando la carrera de abogacía, así ya hemos tenido muchos graduados y aún los alumnos siguen interesados en formarse y capacitarse en la profesión en la IGD, lo cual es muy importante”. El coordinador de la carrera además destacó: “Tenemos el orgullo de que haya alumnos nuestros que están ingresando en el Poder Judicial, al Consejo Deliberante, al Municipio, eso da la pauta de que la formación que han adquirido es buena. Además de los que están en el ejercicio de la profesión”. 

Con respecto a la carrera y su duración, Toledano explicó: “Hoy es un plan de estudio que comprende una carrera de 4 años, antes era de 5 años, esto viene en consonancia con una reforma que hay en el sistema de la formación de la carrera abogacía, que pasa a trabajar con un sistema de créditos, lo que permite también al alumno poder realizar la carrera a 4 años”, además, el coordinador de la carrera de abogacía se refirió a esta nueva propuesta que tiene la UGD: “La Universidad este año firmó un convenio con la Universidad de Vigo de España, en el cual se establece el sistema de doble titulación. Es decir que los alumnos de abogacía, que cumplan con ciertas condiciones, ciertos requisitos, van a tener la posibilidad de cursar un año en la Universidad de Vigo de España, en la carrera abogacía logrando una doble titulación que implicaría ser abogado acá en la Universidad Gastón Dachary de Misiones, Argentina, y en la Universidad de Vigo de España”.

También destacó que “Esto implica para el graduado la posibilidad de ejercer en España y en la Unión Europea. Para ello se hizo un trabajo que llevó más de dos años, en el cual se buscó adecuar ambas currículas, de acuerdo a la normativa que tiene Argentina y a la de la Unión Europea. Un trabajo que concluyó con la firma del convenio”, sostuvo Fabio Toledano en Canal 9 NM.

Actualidad

Desde el SPEPM aseguraron que la desregulación arancelaria es “inaplicable” en Misiones

Tras conocerse el Decreto 787/2025 por el cual se deroga el Decreto N.º 2417/1993 referido al control estatal sobre los aranceles de los establecimientos de educación privada, dispuesto por el Gobierno Nacional, hubo una reacción en la provincia de Misiones para despejar cualquier duda respecto al impacto que ello tendría para los establecimientos educativos y para las familias que envían a sus hijos a ellos.

En primera instancia, se aseguró que el Decreto mencionado es “inaplicable” en Misiones y exhortó a las instituciones a que “deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial”.

En definitiva, las conclusiones vertidas en el comunicado describe los siguientes puntos:

  1. 1. El Decreto Nacional 787/2025 no resulta aplicable ni vinculante para la Provincia de Misiones en materia de aranceles escolares de instituciones de gestión privada, por hallarse la competencia plenamente transferida y regulada por legislación provincial específica.
  2. 2. Continúan vigentes la Ley VI-46 (ex Ley 2987), las resoluciones del SPEPM y toda norma local que establezca criterios, montos o procedimientos de fijación de aranceles, sin perjuicio de las disposiciones nacionales de carácter general en materia educativa.
  3. 3. Los establecimientos de gestión privada deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial.
  4. 4. Como consecuencia del análisis realizado, se emite la presente explicitando la inaplicabilidad del Decreto 787/2025 en la jurisdicción de Misiones y la vigencia de los mecanismos de control y supervisión provinciales.

El documento completo:

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Educación

Eldorado: Se realiza una capacitación docente en el Parque Schwelm

Comenzó el Curso de Capacitación Docente “El campamento, un recurso didáctico formativo y recreativo”, en el Parque Schwelm.

Este martes se llevará adelante la segunda jornada del taller, que brindará recursos prácticos y esenciales sobre técnicas de campamento y cabuyería.

Además, se compartirá información sobre la legislación y normativa vigente para la organización de campamentos educativos, primeros auxilios, y juegos y actividades lúdicas en el campamento.

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Actualidad

Desregularon los aranceles de los colegios privados tras 30 años de control y podrán fijar las cuotas sin autorización

Mediante un decreto, derogaron una normativa que regulaba los precios de las matrículas y las cuotas en las escuelas privadas, permitiendo que los institutos fijen los valores sin autorización previa del Estado nacional.

A través del Decreto 787/2025, publicado en la madrugada de este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso la derogación del Decreto 2417/1993, una norma que durante más de tres décadas reguló el sistema de aranceles y la relación entre el Estado y los institutos de educación pública de gestión privada en la Argentina.

La medida implica un cambio en el esquema de control estatal sobre los precios de las cuotas y matrículas que cobran los colegios privados, al eliminar la obligación de comunicar anticipadamente los montos y de obtener autorización previa para cualquier modificación.

Según los fundamentos del decreto, la normativa derogada “presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país”.

El decreto sostiene que el sistema vigente, instaurado en los años 90, respondía a un contexto en el que la administración de la educación dependía del Gobierno nacional. Con la transferencia de competencias a las provincias, el Ejecutivo considera que “corresponde revisar el marco normativo existente para favorecer un entorno más propicio para la gestión de los establecimientos educativos de gestión privada, garantizando así la sostenibilidad de su labor y el derecho a la educación de calidad”.

Entre los argumentos centrales, el decreto advierte que la intervención estatal en la fijación de aranceles “ha generado efectos contraproducentes que afectan su funcionamiento y viabilidad económica”. En particular, señala que la exigencia de informar y autorizar los valores de matrícula y cuotas con antelación “limita su capacidad de adaptación a las fluctuaciones del mercado, impidiendo que estos ajusten sus precios en función de la realidad económica y los costos operativos”.

Por esto mismo, remarcaron que este mecanismo de control de precios “perjudica a las familias, quienes deben enfrentar aranceles educativos más altos desde el inicio del ciclo lectivo, limitando su capacidad de elegir establecimientos de enseñanza adecuados a sus posibilidades económicas y, en algunos casos, obligándolas a trasladar a sus hijos a otras instituciones”.

En ese sentido, el decreto subraya que “el requerimiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada de comunicar los montos de matrícula y de las cuotas con anticipación considerable, junto con la obligación de obtener la autorización estatal previa para modificar dichos valores, crea una situación de incertidumbre económica para los institutos, que suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal”.

El texto también pone el foco en el derecho de propiedad de los institutos privados, al afirmar que “deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados, sin necesidad de autorización estatal”. Según la visión oficial, la previsibilidad y rigidez de las tarifas impuestas por el Estado “puede llevar a una precarización de la calidad educativa, dado que los establecimientos no pueden responder adecuadamente a las variaciones en los costos de insumos, salarios y otros gastos operativos sin antes contar con autorización de la autoridad correspondiente”.

De esta manera, el Gobierno instruyó al Ministerio de Capital Humano para que, a través de la Secretaría de Educación, revise las pautas contenidas en el Decreto 2542/1991 —la norma madre del sistema de financiamiento de la educación privada— y eleve una propuesta de modificación. De este modo, el Ejecutivo busca avanzar hacia un esquema en el que se resguarde el principio de libre contratación, ”permitiendo a las instituciones educativas el derecho a definir sus políticas de precios y compensaciones, en el marco de una competencia leal y en función de las demandas del mercado”.

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