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Educación

En noviembre llega la Primera Fiesta Provincial de Escuelas Técnicas de Misiones

Se trata de un evento que convocará a 1.500 estudiantes de 77 escuelas técnicas de la provincia, que tendrá lugar el próximo 11 y 12 de noviembre en la ciudad de Puerto Piray.

Al respecto, el subsecretario de Educación Técnica Profesional, Gilson Berger, detalló en declaraciones a “El Show de la Mañana” que “estamos organizando una fiesta que es a pedido de los estudiantes de las escuelas técnicas, el próximo 11 y 12 de noviembre en la ciudad de Piray”.

“Hemos seleccionado este este esta localidad por dos razones, primero porque tiene una escuela técnica con muchísima trayectoria, muy importante, y además porque tiene una villa olímpica muy importante que nos va a permitir hacer actividades deportivas con los estudiantes y también las actividades académicas de exposición de trabajos tecnológicos, que es un poco el objetivo del evento, juntar estas dos partes, juntar la pata cultural también porque vamos a estar el viernes a la noche con bandas y recitales a disposición de los estudiantes”, comentó.

Indicó que para la ocasión “también vamos a trabajar con todos los presidentes y comisiones directivas de los centros de estudiantes para elegir a los representantes provinciales de los centros estudiantes de escuelas técnicas”.

“Hoy en la provincia de Misiones las escuelas técnicas son 88, creemos que van a estar participando al menos 75 en este evento con más de 1.500 estudiantes, así que realmente estamos muy expectantes por todo lo que pueda pasar y en principio a priori no tenemos proyección de creación de escuelas para el año que viene porque como bien decía prácticamente tenemos cobertura territorial en la totalidad de la provincia y también tenemos muchas escuelas que tenemos que hacer edificios y equiparlas, sus entornos formativos, así que estamos abocados en eso”, enfatizó.

A todo esto, Berger apuntó que “tenemos confirmado la participación de 75 escuelas más de 1.500 estudiantes”. “Lo que quiero destacar es que este evento se está organizando de manera articulada con el sector privado también, ustedes saben que el costo es elevado en términos de alojamiento, en términos de de traslados y de alimentación que estamos absorbiendo el el costo con una empresa que hasta el momento se sumaron”, agregó.

“También invitamos a a las empresas que quieran sumarse a partir de ahora, estamos haciendo un evento articulado que más allá de de ayudarnos a cubrir los costos, el objetivo es la vinculación de los estudiantes de las escuelas técnicas con el mundo del trabajo, con los empresarios y con las empresas con el sector productivo industrial de Misiones”, sentenció.

Actualidad

Desde el SPEPM aseguraron que la desregulación arancelaria es “inaplicable” en Misiones

Tras conocerse el Decreto 787/2025 por el cual se deroga el Decreto N.º 2417/1993 referido al control estatal sobre los aranceles de los establecimientos de educación privada, dispuesto por el Gobierno Nacional, hubo una reacción en la provincia de Misiones para despejar cualquier duda respecto al impacto que ello tendría para los establecimientos educativos y para las familias que envían a sus hijos a ellos.

En primera instancia, se aseguró que el Decreto mencionado es “inaplicable” en Misiones y exhortó a las instituciones a que “deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial”.

En definitiva, las conclusiones vertidas en el comunicado describe los siguientes puntos:

  1. 1. El Decreto Nacional 787/2025 no resulta aplicable ni vinculante para la Provincia de Misiones en materia de aranceles escolares de instituciones de gestión privada, por hallarse la competencia plenamente transferida y regulada por legislación provincial específica.
  2. 2. Continúan vigentes la Ley VI-46 (ex Ley 2987), las resoluciones del SPEPM y toda norma local que establezca criterios, montos o procedimientos de fijación de aranceles, sin perjuicio de las disposiciones nacionales de carácter general en materia educativa.
  3. 3. Los establecimientos de gestión privada deben abstenerse de aplicar incrementos de aranceles, matrículas o cuotas invocando el Decreto 787/2025 como habilitante directo, y mantener los canales de autorización y comunicación previstos por la autoridad provincial.
  4. 4. Como consecuencia del análisis realizado, se emite la presente explicitando la inaplicabilidad del Decreto 787/2025 en la jurisdicción de Misiones y la vigencia de los mecanismos de control y supervisión provinciales.

El documento completo:

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Educación

Eldorado: Se realiza una capacitación docente en el Parque Schwelm

Comenzó el Curso de Capacitación Docente “El campamento, un recurso didáctico formativo y recreativo”, en el Parque Schwelm.

Este martes se llevará adelante la segunda jornada del taller, que brindará recursos prácticos y esenciales sobre técnicas de campamento y cabuyería.

Además, se compartirá información sobre la legislación y normativa vigente para la organización de campamentos educativos, primeros auxilios, y juegos y actividades lúdicas en el campamento.

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Actualidad

Desregularon los aranceles de los colegios privados tras 30 años de control y podrán fijar las cuotas sin autorización

Mediante un decreto, derogaron una normativa que regulaba los precios de las matrículas y las cuotas en las escuelas privadas, permitiendo que los institutos fijen los valores sin autorización previa del Estado nacional.

A través del Decreto 787/2025, publicado en la madrugada de este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso la derogación del Decreto 2417/1993, una norma que durante más de tres décadas reguló el sistema de aranceles y la relación entre el Estado y los institutos de educación pública de gestión privada en la Argentina.

La medida implica un cambio en el esquema de control estatal sobre los precios de las cuotas y matrículas que cobran los colegios privados, al eliminar la obligación de comunicar anticipadamente los montos y de obtener autorización previa para cualquier modificación.

Según los fundamentos del decreto, la normativa derogada “presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país”.

El decreto sostiene que el sistema vigente, instaurado en los años 90, respondía a un contexto en el que la administración de la educación dependía del Gobierno nacional. Con la transferencia de competencias a las provincias, el Ejecutivo considera que “corresponde revisar el marco normativo existente para favorecer un entorno más propicio para la gestión de los establecimientos educativos de gestión privada, garantizando así la sostenibilidad de su labor y el derecho a la educación de calidad”.

Entre los argumentos centrales, el decreto advierte que la intervención estatal en la fijación de aranceles “ha generado efectos contraproducentes que afectan su funcionamiento y viabilidad económica”. En particular, señala que la exigencia de informar y autorizar los valores de matrícula y cuotas con antelación “limita su capacidad de adaptación a las fluctuaciones del mercado, impidiendo que estos ajusten sus precios en función de la realidad económica y los costos operativos”.

Por esto mismo, remarcaron que este mecanismo de control de precios “perjudica a las familias, quienes deben enfrentar aranceles educativos más altos desde el inicio del ciclo lectivo, limitando su capacidad de elegir establecimientos de enseñanza adecuados a sus posibilidades económicas y, en algunos casos, obligándolas a trasladar a sus hijos a otras instituciones”.

En ese sentido, el decreto subraya que “el requerimiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada de comunicar los montos de matrícula y de las cuotas con anticipación considerable, junto con la obligación de obtener la autorización estatal previa para modificar dichos valores, crea una situación de incertidumbre económica para los institutos, que suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal”.

El texto también pone el foco en el derecho de propiedad de los institutos privados, al afirmar que “deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados, sin necesidad de autorización estatal”. Según la visión oficial, la previsibilidad y rigidez de las tarifas impuestas por el Estado “puede llevar a una precarización de la calidad educativa, dado que los establecimientos no pueden responder adecuadamente a las variaciones en los costos de insumos, salarios y otros gastos operativos sin antes contar con autorización de la autoridad correspondiente”.

De esta manera, el Gobierno instruyó al Ministerio de Capital Humano para que, a través de la Secretaría de Educación, revise las pautas contenidas en el Decreto 2542/1991 —la norma madre del sistema de financiamiento de la educación privada— y eleve una propuesta de modificación. De este modo, el Ejecutivo busca avanzar hacia un esquema en el que se resguarde el principio de libre contratación, ”permitiendo a las instituciones educativas el derecho a definir sus políticas de precios y compensaciones, en el marco de una competencia leal y en función de las demandas del mercado”.

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